Asamblea aprueba reforma a decreto para regular licencias por enfermedad en el sector público
Martes 02, Julio 2024 - 12:19 PM
Diputada de Nuevas Ideas dice no se elimina el derecho a licencias por enfermedad sino que simplemente se garantiza que se presenten certificaciones médicas.
La Asamblea Legislativa reformó este martes el artículo 6 del "Decreto legislativo 17 relativo a los asuetos, vacaciones y licencias de los empleados públicos”, en concreto para regular las licencias por enfermedad en el sector público. La reforma fue aprobada a las 12:15 de la tarde por 54 votos de Nuevas Ideas, PCN, PDC y Vamos.
El proyecto de reforma fue leído por el diputado Reynaldo López Cardoza, del Partido de Concertación Nacional (PCN). "Para garantizar la eficiencia de la administración pública en beneficio del interés público es procedente reformar el referido decreto”, leyó el considerando cuarto del decreto.
Las licencias con goce de sueldo, por enfermedad que vuelva necesario su descanso para su curación, "deberán comprobarse por medio de una certificación extendida por un médico, por la dirección del hospital donde se atiende el paciente o, en casos especiales, a juicio prudencial del jefe del respectivo servicio, por una certificación extendida por el Ministerio de Salud o sus dependencias y el ISSS según corresponda”.
El decreto permite que el empleado público tenga derecho a licencia formal con goce de sueldo en caso de enfermedad prolongada hasta por 15 días por cada año de servicio (de 1 de enero al 31 de diciembre), licencias que podrán ser acumulativas. El derecho acumulado para las licencias formales de 15 días no pasará en ningún caso de tres meses.
De acuerdo a la reforma, las licencias por enfermedad podrán ser concedidas por el jefe del respectivo servicio, pero si las licencias deben superar los 15 días deberá ser resuelta por "el jefe de la respectiva unidad primaria”.