José Luis Caballero Ochoa, comisionado de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), urge la necesidad de una visita de la CIDH a El Salvador, pero no para verificar la validez del informe que recomienda la derogación del
régimen de excepción, sino "para tener una mirada in situ de lo que está pasando" en las prisiones salvadoreñas.
"Es un informe que tiene fuentes de información claras, transparentes, fidedignas", dice sobre el documento en donde
la CIDH reúne 29 testimonios de capturas arbitrarias, torturas, malos tratos y muertes carcelarias, pide al gobierno salvadoreño derogar el régimen de excepción y reformas penales que sostienen violan la Convención Americana de Derechos Humanos.
El
comisionado del presidente salvadoreño Nayib Bukele para los derechos humanos, Andrés Guzmán,
cuestionó la credibilidad del informe, argumentando que la CIDH recibe financiamiento de Open Society Foundations al igual que una de las fuentes de información del informe de la CIDH, la organización Cristosal. "Sí, mire, es cierto en la medida que eso se puede corroborar y se le puede enviar. No se está descubriendo el hilo negro", responde el comisionado. "No afecta la credibilidad del informe, es un informe sólido, es un informe que tiene fuentes de información claras, transparentes, fidedignas", indica.
¿Qué significa para un Estado recibir un informe como este, con tantos señalamientos negativos?
Significa varias cosas. La primera, significa el recordatorio de lo que el Estado tiene frente a sí en términos de obligaciones internacionales, significa el recordatorio de lo que el Estado hizo al adscribirse a una
Organización de los Estados Americanos y a ratificar una serie de tratados de índole normativa, es decir, que contienen un clausulado que implica obligaciones de ese Estado en el respeto, garantía, protección, promoción de los derechos humanos; esa es una primera parte de lo que significa un informe como este.
Significa, además, que ese Estado ha aceptado someterse a la supervisión y al control de organismos internacionales como la Comisión Interamericana (CIDH), incluso, en el caso de
El Salvador, de aceptar una jurisdicción contenciosa en la Corte Interamericana. Significa la aceptación de que los organismos del
Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos que protagonizan, por así decirlo, el cumplimiento de esas obligaciones internacionales, actúen.
Significa la puesta de la Comisión Interamericana por una sociedad civil que está necesitada no solamente en
El Salvador, sino en la región, de tener instrumentos democráticos institucionales para transitar su grave problemática. Significa también que la Comisión, al mismo tiempo que emite un informe, supervisa, controla, tiene esa supervisión en el ámbito de la relación con los Estados.
La Comisión no abre un contencioso político 'tú a tú' con los Estados, sino que la Comisión lo que hace es desplegar competencias en relación y acompañamiento del Estado y en ayuda del Estado, para que reconduzca esa situación que tienen en el informe. No es un contencioso adversarial,
no se está determinando la responsabilidad internacional del Estado, como en los casos contenciosos, es una mirada omnicomprensiva, desde la experiencia del mandato de la Comisión en los Derechos Humanos y en la aplicación de los tratados, hacia
El Salvador.
En ese sentido, ¿qué pasa si El Salvador no acepta las recomendaciones de la CIDH? ¿No pasa nada o hay alguna consecuencia grave para El Salvador?
Nosotros apostamos a que el cumplimiento sea de buena fe, las recomendaciones son recomendaciones fuertes, lo reconozco, son duras, pero son de responsabilidad real de cumplimiento y de acompañamiento.
Si no lo hace, bueno, la Comisión ha tenido medidas diferenciadas. El capítulo 4 ve el informe del país, establecer también algunos pronunciamientos, evidenciarlo ante la Organización de Estados Unidos, eso es lo que procede. La Comisión parte también del principio de buena fe del cumplimiento de las obligaciones internacionales y finalmente hay un sistema de monitoreo de derechos humanos y de supervisión de cumplimiento de derechos humanos.
Como comisionado de la CIDH recibió todos los informes de El Salvador, ¿ve disposición y apertura en las autoridades de El Salvador a investigar las violaciones a derechos humanos que ustedes señalan en el informe?
Mire, yo vi apertura y disposición del Estado para dialogar con la Comisión. En torno al informe, vi muchos materiales y mucha dedicación del Estado en relación con el informe, mucho diálogo abierto y yo lo que espero, en consecuencia, es esa misma disposición para atender la recomendaciones conclusivas del informe, que tienen que ver con parar el estado de excepción, decretar la suspensión de ese decreto, estado de excepción, proceder con las recomendaciones en materia de prisión preventiva, de régimen carcelario, de prisión de personas adolescentes, etcétera, entonces, eso es lo que yo esperaría y es lo que espera la Comisión en general. La comisión, al emitir uniforme, espera que sus recomendaciones sean cumplidas.
¿Qué tan valiosa, relevante y veraz consideran la información que ustedes recibieron por parte del gobierno salvadoreño?
Pues, mire, la Comisión tiene una mirada muy amplia, marcante, diríamos, de la situación de los países, porque eso es lo que le toca, para eso está la Comisión y no puede darse el lujo y permitirse algo menor. Entonces, en esa información completa, compleja, escucha a todos los sectores de la población. Escucha particularmente a quienes han sido víctimas de violaciones y derechos humanos, y escucha particularmente a las organizaciones de la sociedad civil comprometida con los derechos, escucha al
Estado, le da su lugar. Toma un tiempo amplio para escuchar el Estado y para recibir información del Estado, desde luego, pero el torno de la valoración es "omni abarcante", es decir, de todas las partes; y el tono de la valoración va dando su lugar a cada insumo que se nos transita.
En ese sentido, la Comisión ha escuchado al
Estado, ha valorado su participación, pero el informe, pues, refuerza lo que la Comisión ha venido observando desde 2022 con la aplicación del estado de excepción en
El Salvador.
Me parece que es un informe, además, importante por la particularidad que tiene para presentar a la región y al mundo y al derecho internacional, en su evolución actual y constitucional, me atrevería a decir lo que pasa cuando un estado de excepción se instala como una política para atender los problemas graves de seguridad ciudadana, qué es lo que no puede ser, que trastoca el régimen de excepción permitido en el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
¿Qué tan clave ven ustedes una visita in situ en El Salvador?, ¿les ayudaría a verificar la información incluida en el informe?
La verificación ya la tuvimos, ¿no?,
la Comisión no publica algo sin que esté verificado. Lo que hacen las visitas es dar seguimiento a eso verificado, presentarle a la sociedad del informe, el
Estado lo conoce, porque son las reglas del juego diplomático, desde luego, y son las reglas normativas, hay una relación abierta, franca, con los Estados y los Estados conocen los insumos con tiempo y pueden intervenir incluso mandando, como dije anteriormente, insumos pertinentes.
Pero el chiste de las visitas no es dar marcha atrás en lo que la Comisión ya emitió, no lo que la lo que las visitas permitirían es tocar el curso con la sociedad civil y también con el Estado, para el cumplimiento de la recomendación, no para otra cosa. Entonces, en ese sentido, en el período 188 de sesiones, que tuvo lugar en Washington, en noviembre del año pasado, se solicitó a
El Salvador una visita a los centros de privación de libertad, a las cárceles, para tener una mirada
in situ de lo que está pasando con el régimen carcelario.
Esa es una invitación que sigue en pie, abierta, que la Comisión la necesita realizar.
Luego, posteriormente, a partir de la práctica de la Comisión, este informe requiere una presentación en el país del informe que ya se publicó. Entonces, tenemos dos propósitos de visita a
El Salvador. Yo espero, desearía, ojalá que El Mundo y los otros medios puedan ser canales para difundir un deseo que ya la Comisión ha expresado al Estado para realizar una visita a
El Salvador.
Quisiera preguntarle también sobre la respuesta que dio el comisionado Andrés Guzmán. Él cuestiona que la CIDH recibe un financiamiento de Open Society y que también Cristosal, citado en el informe, recibe el financiamiento de esta organización. ¿Es cierto?
Sí, mire, es cierto en la medida que eso se puede corroborar y se le puede enviar. La Comisión Interamericana tiene una práctica de 65 años de relación abierta con las organizaciones de la sociedad civil,
no se está descubriendo el hilo negro.
Hay mucha claridad, los tratados y la norma interamericana dicen que tienen que ser organizaciones y financiadoras reconocidas en la región, reconocidas por tu trabajo en materia de derechos humanos y eso da el tono de quién es
Cristosal, dónde se encuentra, dónde se encuentra
Open Society. Eso está claro en la en la normativa interamericana.
Pero, además, el capítulo 6 de los informes anuales, este caso, el informe de 2023, disponible en la página, que puede transitársele, el capítulo 6 habla claramente de las fuentes de financiamiento de la Comisión, que tiene que ver con amortizaciones del fondo regular de los Estados miembros de la OEA, con aportaciones especiales de los
Estados miembros de la OEA o de financiadoras y eso no tiene ningún conflicto de interés con los fondos que puedan sostener
organizaciones de la sociedad civil, porque es otro el talante, digamos, de lo que apunta la transparencia, la falta de interés en el sentido de compromisos políticos que tenga la Comisión, una mirada amplia, transparente.
La lógica de la sospecha, yo creo que se conjura con los datos que están ahí de donde se observan los fondos y cómo procede con la información del trabajo de la Comisión a partir del trabajo de las organizaciones de la sociedad civil.
¿Esto no afecta la credibilidad del informe de la CIDH?
No, para nada, en absoluto, es una percepción de quien la haya hecho, no afecta la credibilidad del informe, es un informe sólido, es un informe que tiene fuentes de información claras, transparentes, fidedignas, no es igual que un caso, ¿verdad? No es igual que un caso, en un caso contencioso, el sistema probatorio es muy específico, es muy particular, es muy casado y, a partir del caso, de lo que se manda como probanza en un informe contencioso, la
Comisión Interamericana determina la responsabilidad internacional de un
Estado por violaciones a derechos humanos.
Un informe de país no determina responsabilidad internacional de un
Estado, el sistema de información y probanza no es el de un caso y no se le puede requerir lo de un caso.
El sistema, por lo tanto, abierto de información fidedigna, confiable y comprobable, de las organizaciones de la sociedad civil, lo que hace es esto, generar un panorama con certidumbre sobre un estado de cosas del sistema de derechos humanos de un país y las recomendaciones de una forma amplia, categórica pero amplia.
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