Con 75 votos aprueban ley de retiro voluntario para ministerios y autónomas
Martes 16, Mayo 2023 - 9:13 PM
Diputado Edgardo Mulato, de Nuevas Ideas, aclara que aplica para pensionados, que son personas que "ya cumplieron la edad de jubilación pero no así el tiempo", y también aplica para jubilados, que han cumplido tanto la edad como el tiempo de jubilación.
Con votos de Arena y FMLN, la Asamblea Legislativa aprobó una ley de retiro voluntario que aplicará a unos 5,000 empleados que ya realizaron su trámite de jubilación y aún trabajan en un ministerio del Órgano Ejecutivo, institución autónoma o descentralizada.
Los trabajadores que interpongan su renuncia recibirán un salario por mes trabajado hasta un máximo de $25,000 exento del Impuesto sobre la Renta e inembargable. La institución deberá pagar las indemnizaciones en dos cuotas entre las cuales no habrá más de 30 días.
El decreto recibió 75 votos: 8 de Arena, 2 del FMLN, 4 de Gana, 56 de Nuevas Ideas, 2 del PCN, 1 del PDC y 2 sin grupo parlamentario. Dos diputados del FMLN y 1 de Nuestro Tiempo se abstuvieron.
El diputado Edgardo Mulato, de Nuevas Ideas, felicitó a trabajadores de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (Anda), que estuvieron en la calles "cambiando tuberías", así como a médicos, enfermeros, "que ya cumplieron una edad de jubilación y de pensión". El legislador aclaró que el decreto aplica tanto a pensionados como a jubilados, ya que los primeros, dijo, son las personas que tienen tienen la edad pero no el tiempo de jubilación.
El decreto aplicaría a cualquiera de los ministerios del Ejecutivo, incluidos docentes y empleados de hospitales, así como autónomas no financieras como el recién creado Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP), que sustituyó al ya disuelto Instituto Nacional de Pensiones de Empleados Públicos (INPEP); la Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP), adscrita al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública; el Centro Nacional de Registros (CNR); la Dirección General de Centros Penales (DGCP). También, aplicaría a instituciones descentralizadas no empresariales, como Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), Universidad de El Salvador (UES), entre otras.
El decreto no aplica a entidades como el Banco de Fomento Agropecuario (BFA), Fondo Social para la Vivienda (FSV), Banco de Desarrollo Salvadoreño (Bandesal), Superintendencia del Sistema Financiero (SSF).
El empleado deberá presentar su renuncia según formalidades señaladas en el artículo 30-A de la Ley de Servicio Civil, que señala que la renuncia deberá estar acompañada de copia de DUI y se hará en hojas de Inspección de Trabajo o autenticadas "a más tardar el último día hábil del mes de agosto de cada año”, ya que las renuncias después de agosto harían efecto el siguiente ejercicio fiscal.
El Ministerio de Hacienda indica que las compensaciones serán financiadas de la mismas plazas que sean suprimidas. Las autónomas financiarán las indemnizaciones de sus empleados que apliquen.
Las plazas que queden vacantes podrían congelarse pero, si lo autoriza el Ministerio de Hacienda, también podrían utilizarse.