Gobierno pide incentivo fiscal para nuevos proyectos inmobiliarios de altura

Miércoles 18, Septiembre 2024 - 10:21 AM
Si el proyecto es aprobado por la Asamblea Legislativa, se incentivará a los inversionistas de construcciones que superen los 34 pisos. / Imagen ilustrativa.

Ministro de Hacienda presenta un proyecto para eximir de Impuesto sobre la Renta las ganancias de los propietarios de nuevos proyectos inmobiliarios de altura.

El ministro de Hacienda, Jerson Posada Molina, presentó este martes un proyecto de ley que eximiría por 15 años del Impuesto sobre la Renta las ganancias que tengan los titulares –personas naturales, jurídicas o uniones de personas– por sus nuevas inversiones en proyectos inmobiliarios de 35 pisos o más de altura. Según el proyecto, para las personas jurídicas, el beneficio fiscal aplicaría a la entidad titular, los socios, los accionistas o sus integrantes "individualmente considerados”, pero "únicamente respecto a las utilidades o dividendos provenientes de las actividades incentivadas”. Sin embargo, no aplicará a los compradores de apartamentos, oficinas, establecimientos, comercios ni usuarios que alquilen estos inmuebles, ya que el proyecto reitera que solo se beneficiará a propietarios originales del inmueble o al inversionista inicial. El proyecto fue recibido el martes por la tarde por el pleno de la Asamblea Legislativa y pasó a estudio de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión (antes Comisión de Economía y Comisión Financiera), que está convocada para las 9:00 a.m. del viernes 20 de mayo. Durante la última semana, los diputados suspendieron todas las comisiones que habían sido convocadas por el presidente de la Asamblea, Ernesto Castro. Los 35 pisos o niveles de altura se contarían "desde el punto más bajo de la rasante de la calle frente a dichas edificaciones”. Las ganancias tampoco estarán sujetas a la aplicación de ganancia de capital y retenciones como el pago o anticipo de cuenta.

¿Cuál será el proceso?

  1. SOLICITUD: Informar a la Dirección General de Impuestos Internos al menos con 30 días de anticipación a dar inicio a la construcción de inmuebles mediante escrito.
  2. ESCRITO: El escrito deberá contener el nombre del proyecto, ubicación, datos de altura, nombre de titulares, nombre d socios, accionistas o integrantes, monto de la inversión y fecha de finalización.
  3. RESOLUCIÓN: La DGII emitirá una resolución en 10 días máximo. Si se determina abuso del incentivo, se revocará posteriormente.