Pareja condenada por permitir que hijo violara a una menor

Miércoles 01, Marzo 2023 - 3:30 AM
Cristian también fue condenado a cinco años de cárcel en otro proceso penal de menores; en el proceso consta que fue “novio de chat” con la víctima por dos meses.

Según la fiscal también hubo extorsión a la menor, quien recibía pensión por parte de su padre fallecido.

El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó ayer a Rafael Humberto Carrillo a 24 años y medio de cárcel, por los delitos de extorsión agravada y violación en menor e incapaz, en calidad cómplice no necesario, y a su compañera de vida Jenny Arely Mejía Pérez a 10 años y medio, por el delito de extorsión. Carrillo fue condenado tras comprobarse su complicidad en la violación de I.C. Ruiz Díaz, cuando tenía 14 años de edad, cometido por el hijastro de él, otro menor de edad identificado como Cristian. Según los fiscales del caso, los hechos ocurrieron en Cuscatancingo, entre enero y marzo del 2022, en tres ocasiones; la primera vez, Cristian, el hijo menor de Mejía Pérez en compañía de su padrastro, llegaron a la casa de la víctima y le exigieron que fuera a su casa, de lo contrario matarían a su mamá. En casa de Cristian, Carrillo se fue y los dejó solos. Ahí se consumó la violación. "Cuando le pasó eso, la mamá estaba comprando en el mercado, además esas personas le robaron, la amenazaron y a parte de eso le pedían para la tienda”, narró la jueza. La víctima no le dijo nada a su mamá, porque tenía miedo que sus agresores cumplieran su amenaza, ya que según la investigación, el joven violador decía que era pandillero. Según la fiscal del caso, la extorsión se materializó porque la menor recibía un depósito de pensión, por parte de su padre fallecido, y los procesados le exigieron cantidades de $100, $200 y $300. La víctima en el juicio contó los hechos, así mismo, relató que intentó suicidarse en una ocasión y sufría bullying, luego que el violador subió un video a redes sociales de uno de los abusos. "Fue claro que la acción de él (Rafael Carrillo) no era indispensable, él no prestó una ayuda determinante para cometer el delito, precisamente el cómplice no necesario presta una ayuda que no es indispensable, en este caso, la acción del imputado fue clara en amenazar junto al joven Cristian, llegar a la casa de la niña, una menor de edad, tenía 14 años en ese momento, llegan a su lugar de vivienda, la amenaza exigiendo dinero y la amenazan que los acompañe”, fue el criterio de la jueza para condenar.