Presidenta del TSE Guatemala exhortó en el país a cumplir principios de alternancia
Martes 22, Noviembre 2022 - 3:05 PM
Tres magistrados salvadoreños han dicho sentencias son de escrito cumplimiento sobre reelección inmediata.
La presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Guatemala, Irma Palencia, exhortó hoy a los organismos electorales de Centroamérica y el Caribe a que adopten como logística electoral todas las normas del país, incluyendo la alternancia del poder.
La funcionaria electoral pronunció estas palabras en la XXXV Conferencia del Protocolo de Tikal que se desarrolla en El Salvador y reúne a 11 órganos electorales de Centroamérica y el Caribe, y en la que El Salvador como país sede planteó como tema de análisis "Avances y desafíos del uso de la tecnología en los procesos electorales”.
Palencia aseguró que los órganos se encuentran "permanentemente fortaleciendo los mecanismos electorales de modernización, ingresando tecnología de información, a fin de garantizar efectivamente la imparcialidad , prontitud e independencia de las instituciones responsables de organizar las elecciones a nivel nacional y local”.
Un día antes de la Conferencia regional, la magistrada presidenta del TSE en El Salvador, Dora de Barahona, se sumó a las posiciones de los magistrados Noel Orellana y Guillermo Wellman sobre el estricto cumplimiento de las sentencias de la Sala, al ser cuestionados sobre el cumplimiento de la resolución que habilita la reelección presidencial inmediata para el presidente de la República, Nayib Bukele.
En El Salvador, el concepto de alternancia presidencial fue modificado por la Sala de lo Constitucional en una resolución del 3 de septiembre de 2021. La Sala determinó que el presidente inhibido a buscar una "reelección" en el actual periodo sería quien desempeñó el mandato 2014-2019, es decir, Salvador Sánchez Céren. En esa resolución, la Sala relacionó el concepto de alternancia en la Presidencia con la popularidad o no popularidad del presidente, la realización de elecciones periódicas y la decisión del "soberano”.
Los críticos de esta resolución citan varios artículos de la Constitución, como el artículo 88, que establece que la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia "es indispensable” para mantener la forma de gobierno y sistema político; y el artículo 248 de la Constitución que considera la alternabilidad presidencial irreformable.