El juez Especializado de Sentencia “C” de San Salvador admitió ayer, la entrevista de Carlos Eduardo Burgos Nuila, alias “El Nalo de Las Palmas”, un excabecilla del barrio 18 y vocero de la pandilla, en el
juicio de la “Tragua”, donde son procesados el expresidente de la República, Mauricio Funes, y el exministro de Justicia y Seguridad, David Munguía Payés, de igual forma le negó a la Fiscalía General de la República, poner reserva parcial al caso.

Ambos exfuncionarios son procesados por los delitos de agrupaciones ilícitas e incumplimiento de deberes, y en el caso del exministro también por actos arbitrarios.

La incorporación de la entrevista, junto a la del exdirector del centro penal de Zacatecoluca, Julio César Hernández Panameño, fue a solicitud de la Fiscalía, debido a que ambos testigos ofertados no podrían comparecer a la vista pública, en el caso de “El Nalo” porque no ha sido posible localizarlo, en febrero lo último que conoció Fiscalía es que estaba en Guatemala.

La argumentación del juez fue que ambas entrevistas ya constan en el expediente, ya que fueron realizadas ante un agente administrativo, es decir, la Policía Nacional Civil.

La defensa de Munguía Payés intentó revocar la decisión del juez, argumentando que la Fiscalía no ha presentado pruebas fidedignas sobre que haya agotado los recursos de localización.

Además, el abogado Manuel Chacón, aseguró que con la incorporación de ambas entrevistas que datan del 2017 (entrevista de “El Nalo”) y 2014 (entrevista del exdirector del penal de Zacatecoluca) vulneran el derechos a la contradicción y el derechos a la defensa, porque en el momento que se hicieron esas entrevistas ellos no participaron, de igual forma, porque fueron entrevistas ante sede fiscal y no policial.

Las entrevista de “El Nalo”, según Fiscalía, se establecerá como él logró ingresar a los centros penales sin pasar los controles de seguridad, ingresar ilícitos y tener reuniones con los líderes de las pandillas con el objetivo de negociar la reducción de homicidios en el marco de la tregua.

El exministro también es defendido por Manuel Chacón, quien fue asesor del Ministerio de la Defensa en 2017. / Lisbeth Ayala
El exministro también es defendido por Manuel Chacón, quien fue asesor del Ministerio de la Defensa en 2017. / Lisbeth Ayala



Sin reserva del caso

Por otro lado, la Fiscalía también pidió al juez poner reserva parcial del proceso, con el fin de proteger a tres testigos, que fueron exfuncionarios del FMLN.

Sin embargo, el juez negó la reserva. “El derecho de información es de cara a todos los actos públicos y ese derecho puede ser restringido... El derecho a la información es un derechos de cara a la población que tiene interés sobre algunos actos públicos cometidos por cualquier persona, en este caso se están acusando a personas que han cometido delitos en contra de la administración pública... estos hechos mientras no exista una reserva legalmente establecida con anticipación o que yo pueda decretarla, seguirá siendo pública, son de dominio público y por eso se llama este acto procesal, la vista pública”, sostuvo el juez.

A los tres exfuncionarios que la Fiscalía buscaba proteger en cuanto a su exposición visual son: el ex viceministro de Justicia y Seguridad, Douglas Moreno; el exdirector del Organismo de Inteligencia del Estado (OIE), Ricardo Perdomo; y el exdirector de la Policía Nacional Civil (PNC), Francisco Salinas.

La Fiscalía buscaba proteger la identidad de los tres exfuncionarios por medio de un biombo, ya que los tres ostentaron cargos públicos. El juez afirmó que ahora no ostentan cargos públicos ni están bajo escrutinio público. El juicio seguirá hoy con la resolución de incidentes.

Según la Fiscalía, la tregua con las pandilla se inició en el año 2011 y se mantuvo durante el 2012. En ese tiempo, Funes cambió su gabinete de Seguridad y esto permitió negociaciones entre el gobierno de turno y las ranflas de ambas pandillas. Estas aprovecharon para organizarse.

Este vieres el juez resolverá una petición de la defensa planteado por la defensa, donde alega la prescripción de la acción penal.

El juez también denegó la solicitud de la defensa para que se excluyera prueba documental y pericial, por considerarla ilícita, y que no fue controvertida.