El Juzgado Sexto de Paz de San Salvador desarrolló ayer la audiencia inicial en contra de el tuitero Sifrido Alexander Orellana Meléndez, conocido como Alex Umanzor, por el delito de expresiones de violencia y acoso través de tecnologías de la información y comunicación, en perjuicio de la diputada de Nuevas Ideas, Alexia Rivas.

Según la Fiscalía General de la República (FGR), la acusación de la diputada hacia Umanzor nace debido a mensajes ofensivos por medio de redes sociales.

El acusado no nombró abogado defensor ni llegó ayer; la resolución de la audiencia se realizará con vista a requerimiento, es decir, con base al escrito presentado por la FGR.

“El caso tiene reserva por el delito de expresiones de violencia y el delito de acoso...se va a resolver con vista a requerimiento porque no han nombrado defensor”, afirmó la fiscal del caso.

La Fiscalía afirmó a Diario El Mundo que en su acusación solicitó al Juzgado Sexto de Paz la detención provisional de Umanzor. Sin embargo, el acusado vive fuera del país, radicado en Estados Unidos.

“Ella resuelve, tenemos que esperar lo que ella resuelva, tendría que ser el paso a instrucción salvo que ella diga que no; tiene 24 horas para tener resolución, porque es por escrito”, dijo la fiscal sobre la resolución de la audiencia inicial.

A la diligencia llegó la diputada Alexia Rivas, sin embargo, se negó a dar declaraciones a la prensa.

Un día antes del desarrollo de la audiencia, Rivas dijo a través de sus redes sociales que presentó todas las pruebas en contra de Orellana Meléndez, añadiendo que “la violencia contra la mujer no puede seguir siendo normalizada”.

El pasado 28 de agosto, la diputada informó que el Juzgado Especializado para una Vida Libre de Violencia decretó medidas de protección a favor, entre ellas: se le prohibía a Orellana Meléndez hostigar, acosar a través de redes sociales a la diputada, así como acercarse a su familia.

La solicitud de las medidas de protección de la diputada se originó tras un video publicado por Alex Umanzor donde se refería hacia ella con un lenguaje soez.

El delito de expresiones a violencia regulados en la Ley Especial para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres sanciona con una multa de dos a 25 salarios mínimos, mientras que por el delito de acoso a través de tecnologías de la información y la comunicación establece una pena de prisión de cuatro a seis años.

Otros delitos.

Sigfrido Alexander Orellana Meléndez también fue acusado el 5 de septiembre por los delitos de proposición, conspiración y apología del delito de sedición, al supuestamente incitar a un golpe de Estado. La Fiscalía, tras una denuncia interpuesta por “varias víctimas” aseguró encontró indicios que Orellana Meléndez “ejerció violencia desde sus plataformas sociales en reiteradas ocasiones”.