La Sala detalló a través de un comunicado que los demandantes pidieron examinar la interpretación de normativas secundarias por medio de las cuales la Dirección consideró que existía un delito y lo remitió a la Fiscalía General de la República.
El Constitucional valoró que la interpretación y aplicación de leyes secundarias no es su competencia y en cambio le corresponde a las autoridades de turno de las instituciones.
“Los argumentos expuestos se reducían a un asunto de mera legalidad que reflejaban una simple inconformidad con las actuaciones de las autoridades de la DGII”, señaló.
Además consideró que los amparos fueron admitidos “erróneamente” por la Sala en octubre de 2020, cuyos magistrados fueron destituidos por el Parlamento en mayo de 2021.
El 12 de octubre de 2020, el tribunal constitucional ordenó suspender el proceso penal en contra de la textilera Intratex de El Salvador S. A. de C. V. por la presunta evasión de $5.3 millones en perjuicio del fisco en su declaración de Impuesto sobre la Renta de 2017.
Pidió entonces revisar si la DGII agotó la fase administrativa en contra de la empresa textil, la suspensión del proceso penal era una medida cautelar.
Los tribunales penales de primera y segunda instancia continuarán con el trámite y análisis de los procesos penales sometidos a su conocimiento o la FGR valorará si es procedente o no presentar el requerimiento correspondiente, a efecto de que se judicialicen las investigaciones realizadas en torno al delito de evasión de impuestos”, agregó.
El ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, celebró a la decisión de la Sala y aseveró que “van a recuperar esos fondos”.