Ocho meses han pasado desde que asumió la nueva legislatura y aún no se comparte en la página de Transparencia de la Asamblea Legislativa el listado de asesores de los grupos parlamentarios, una información que es calificada como oficiosa por la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

La información oficiosa es aquella información pública que los entes obligados deberán difundir al público en virtud sin necesidad de una solicitud directa.

La LAIP califica varios tipos de información como oficiosa, como el listado de asesores, los procedimientos de selección y contratación de personal ya sea por el sistema de Ley de Salarios, contratos, o jornales; obras en ejecución o ejecutadas, los listados de viajes internacionales autorizados por los entes obligados que sean financiados con fondos públicos, incluyendo nombre del funcionario o empleado, destino, objetivo, valor del pasaje, viáticos asignados y cualquier otro gasto.

Sumando que es imposible buscar que las reformas (a la LAIP) se contravengan ante la ausencia de una Sala de lo Constitucional independiente”. Wilson Sandoval, ALAC


En el caso de los asesores, la última actualización disponible es de 2020. Mientras que una de las obligaciones del Órgano Ejecutivo es publicar el Plan General de Gobierno, el cual, según la nota del 31 de julio de 2021, sigue “en proceso de elaboración”.

Reforma pendiente.

La Asamblea aún no ha sometido a aprobación del pleno las reformas a la LAIP propuestas por el Gobierno, entre esas que la información oficiosa pueda clasificarse como reservada.

Wilson Sandoval, del Centro de Asesoría Legal Anticorrupción (ALAC), considera que buscan ampliar la reserva a algo casi general, cuando debe ser la excepción.

2 datos que debes de conocer


1.- Disponibles al público
A través de cualquier medio, como páginas web, folletos, periódicos u otras publicaciones, o secciones de sus bibliotecas.

2.- Concejos municipales
Deben dar a conocer las ordenanzas municipales y sus proyectos, reglamentos y planes municipales.

Información oficiosa de órganos de estado

La LAIP establece el tipo de información que deben publicar periódicamente.

1.- Presidencia
Planes y proyectos. Debe divulgar el plan general del Gobierno, decretos y acuerdos ejecutivos, el proyecto de agenda de sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Ministros.

2.- Presidencia
Actas y textos. La Presidencia también debe divulgar las actas de las reuniones del Consejo de Ministros y los textos de los vetos y observaciones enviados a la Asamblea Legislativa.

3.- Órgano Judicial
Corte Plena. Las agendas de las sesiones del pleno de la Corte Suprema de Justicia, las sentencias definitivas e interlocutorias firmas con fuerza definitiva, y sistematización de jurisprudencia.

4.- Órgano Judicial
> Nombramientos. Debe divulgar Los nombramientos o designaciones de funcionarios de otros entes nacionales o internacionales que le corresponda; los autos de pareatis, extradiciones.

5.- Órgano Judicial
Nóminas. La nómina de abogados, notarios, jueces y jueces ejecutores, con mención expresa de las nuevas autorizaciones, suspensiones e inhabilitaciones. Estadísticas del IML.

6.- Órgano Legislativo
Protocolo y grupos. El protocolo de entendimiento de los grupos parlamentarios, miembros de los grupos parlamentarios y comisiones legislativas de trabajo; lista de asesores.

7.- Órgano Legislativa
Correspondencia y dictámenes. Debe divulgar piezas de correspondencia recibidas, proyectos de ley, dictámenes emitidos por las comisiones, decretos y acuerdos del pleno.

8.- Órgano Legislativo
Agendas y asistencia. Proyecto de agenda de sesiones ordinarias y extraordinarias de las comisiones y del pleno, listas de asistencia de los diputados a reuniones de comisiones y pleno.