La ley modifica el nombre de la actual Comisión de Acreditación de la Calidad Académica a Consejo Nacional de Acreditación de la Calidad de la Educación Superior (Conaces), el cual gestionará el Sistema Nacional de Acreditación de la Calidad de la Educación Superior y cuyos cinco miembros serán nombrados por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Mineducyt). El Conaces estaría conformado por cinco académicos nombrados por el Ministerio de Educación por un periodo de cinco años.
Sin embargo, la normativa otorgaría un periodo de tres años para normalizar la falta de acreditaciones.
El artículo 133 trata sobre los "Requisitos básicos para el funcionamiento de las instituciones de educación superior" y detalla que toda institución de educación superior que no tenga acreditación deberá someterse al proceso de acreditación en un periodo no mayor de tres años a partir de la vigencia de la ley, aunque estas tengan autorización.
Si esta normativa se aprueba, una institución que aplique puede resultar no acreditada, candidata a la acreditación o bien puede lograr una acreditación por cuatro, seis u ocho años dependiendo del cumplimiento de indicadores de un manual de acreditación.
El académico Óscar Picardo aseguró, en una columna de opinión publicada por el Diario de Hoy, que con la acreditación obligatoria se correría "el riesgo, como ya está sucediendo, que terminen todas las instituciones acreditadas a pesar de no tener condiciones mínimas de funcionamiento”.
Miembros del Conaces podrán ser removidos
El proyecto permitiría a la “máxima autoridad del Mineducyt” remover a los miembros del Conaces, así como al Consejo de Educación Superior (CES) por 12 causas: ineptitud, abuso de autoridad, abandono o faltas al cargo, condenas por delitos, carencia de requisitos, solicitar dádivas, falsear información, presentarse en ebriedad o bajo influencia de drogas, sanción del Tribunal de Etica Gubernamental, declararse en huelga o desobedecer los lineamientos técnicos del Ministerio. El Ministerio podrá delegar a una comisión ad hoc para conocer de la remoción de los miembros del CES o del Conaces.Estas causales de remoción no están establecidas en la actual Ley de Educación Superior.
El CES estaría conformado por dos representantes del Mineducyt, cuatro representantes de educación superior –dos de instituciones estatales y dos privadas–, un representante de las asociaciones de profesionales, uno del sector empresarial organizado y otro de los Megatec. En la ley actual, el CES tiene expresamente a un representante de la Universidad de El Salvador (UES), mención expresa que es suprimida en el proyecto.