Con 58 votos, la Asamblea Legislativa reformó este martes la “Ley especial transitoria para la legalización del dominio de inmuebles a favor del Estado en el Ramo de Educación” para facilitar la legalización de propiedad de más de mil inmuebles a favor del Ministerio de Educación y Tecnología.

Con la reforma a la ley original, aprobada en 2015, los procesos para que las propiedades sean inscritas a favor de Ministerio se apilcarán no solo a los terrenos donde operan centros educativos sino aquellos “en los que tenga interés el Ministerio, que sean propiedad de personas naturales o jurídicas, de carácter público o privado”.

Esta nueva disposición es introducida en el artículo 2 de la normativa, cuyos efectos fueron prorrogados por cinco años más, hasta el año 2030.

La diputada Evelyn Merlos, de Nuevas Ideas, detalló que la ley actual ha permitido legalizar 1,976 inmuebles a favor del Ministerio de Educación, en donde funcionan 1,618 centros educativos, pero aún faltan 1,636 inmuebles que “deben ser legalizados” en donde hay 1,232 centros educativos “por encontrarse en terrenos que no están inscritos a favor del Mined”. Merlos rechazó que sea expropiación.

Podrá aplicarse a hipotecados o bajo el ISTA

La reforma permitirá aplicar las disposiciones también a las propiedades hipotecadas o bajo legalización del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), ya que fue eliminada la exclusión que se hacía de estas condiciones en el artículo 4.

Listado con información del CNR

La reforma también establece que la Dirección de Legalización de la Propiedad (DLP) del Ministerio de Vivienda, a petición de Ministerio de Educación, realizará los levantamientos topográficos de los inmuebles que formarán parte del listado de interés del Ministerio de Educación y serán presentados al Centro Nacional de Registros (CNR) para su revisión hasta tener una “resolución favorable”.

Así mismo, la Sección de Notariado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) extenderá la reposición de los testimonios de los títulos de propiedad de los inmuebles en 30 días hábiles, “independientemente de quién fuere el titular del derecho”, “con el solo requerimiento por escrito del Ministerio”.

Con la reforma, la publicación necesaria para que se ciudadanos terceros se opongan a la legalización de propiedad se reducirá de dos a una sola vez en el Diario Oficial y el plazo para presentarse será 60 días. El listado también se publicará en el sitio electrónico del Ministerio de Educación.

¿Cómo será el proceso?

Si el Ministerio posee bienes inmuebles sin un título de dominio escrito, podrá “titular su derecho” mediante un proceso abreviado ante juez competente o notario.

Una condición es la posesión pacífica por al menos siete años. La reforma dice que, si hay un poseedor distinto, “bastará con la declaración jurada otorgada por el titular o a quien delegue para probar la posesión”.

1. Ante notario el fiscal presentará solicitud escrita que exprese que el Ministerio es el poseedor.
2. El notario citará al síndico municipal y persona de quien se haya adquirido el inmueble, publicará un edicto en un periódico de circulación nacional, abrirá a pruebas en tres días hábiles.
3. Inspección del inmueble con un perito y ordenará citar al síndico municipal y se establecerá la posesión con base en la inspección, la prueba documental y la prueba testimonial.
4. Si hay derechos de varios propietarios (proindivisos) se realiza un proceso diferente: el fiscal presentará solicitud escrita ante notario, que realizará la inspección con perito, citando a los colindantes y al menos un copropietario, se levantará acta y la resolución.

El Ministerio de Educación asegura que más de 1,600 centros escolares deben ser legalizados. / @EducacionSV.
El Ministerio de Educación asegura que más de 1,600 centros escolares deben ser legalizados. / @EducacionSV.