La nueva amnistía fiscal que duraría hasta el 8 de diciembre de 2023 implicaría el perdón del pago de multas, recargos e intereses a contribuyentes que hayan evadido impuestos de manera intencional o no intencional, o que tengan pagos pendientes de impuestos hasta el 30 de septiembre de 2023.
Hacienda proyecta una recaudación de $44 millones con la "Ley especial y transitoria que otorga facilidades para el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias y aduaneras", aunque el anterior decreto permitió la recaudación de más de $131 millones.
Si el contribuyente ya tiene una resolución de pago a plazos “pero no se cumplió el pago”, gozará de beneficios las cuotas pendientes de pago con cero intereses o multas.
Así mismo, se beneficiarán aquellos casos que han sido presentados como avisos de presunto delito penal ante la Fiscalía General de la República (FGR). "Es importante recalcar que todos estos casos también pasan a formar parte de un proyecto de amnistía de intereses y multas”, dijo el director general de Impuestos Internos, Marvin Sorto.
Nosotros, con estos procesos de amnistía, le estamos diciendo al sector empresarial que estamos en la disposición de convertirnos en facilitadores para que hagan el cumplimiento del pago de sus tributos y les estamos diciendo 'aquí está sustentado cuáles son sus hallazgos y valórelo si es producto si usted lo quiso hacer o tuvo una mala asesoría'.
Marvin Sorto,
director general de Impuestos Internos.
La Dirección General de Tesorería (DGT) podría otorgar un máximo de 9 cuotas mensuales, con una primera cuota del 10 % de la deuda.
Los contribuyentes interesados pueden llamar al call center 2244-3444 o contactarse con el WhatsApp 2113-9519.
Sorto explicó que, si la DGT tiene un proceso de cobro, la ley les faculta para iniciar el proceso a través de una acción penal, pero la amnistía le da la oportunidad de que “la DGT pueda tener en consideración la exoneración de las multas e intereses y evitar el tener que ejercernos el poder de imperio del Estado y presentar un presunto aviso a la FGR”.
¿A quiénes aplica?
- Aplica para los tributos administrados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), como IVA, ISR, retenciones, anticipos en materia de retenciones y procesos de fiscalización, y la Dirección General de Aduanas (DGA), como aranceles declarados con inexactitud o no declarados.
- Aplica a declaraciones presentadas no pagadas o que fueron presentadas sin pago con saldos a favor al que correspondía, así como “omisos”.
- Casos en procedimientos de fiscalización, audiencia y apertura de pruebas.
- Casos en los que se han interpuesto recursos o demandas.
- Se exonerarán pago de intereses y recargos casos en que las deudas se encuentren líquidas y firmes.
- No se impondrán multas y se exonerarán de intereses y recargos en casos que no hayan retenido o percibido sumas de IVA, Impuesto sobre la Renta (ISR) o anticipos de IVA o ISR, o que no las hayan declarado o hayan declarado cantidades inferiores.
- Casos que se encuentren con aviso presentado a la Fiscalía General de la República.
- Procesos penales activos sin una sentencia definitiva del juez competente.
- Si no ha cumplido con el plan de pago a plazos, tiene la oportunidad de solicitar un nuevo plan de pago a plazos.
El diputado Raúl Castillo aseguró que "a ningún gobierno, a ningún Estado le conviene ver empresarios presos o enfrentando procesos judiciales, nos interesa que los empresarios estén en su rubro".
Hasta julio de 2023, el Ministerio de Hacienda había presentado 183 casos por supuestos delitos contra el fisco por más de $185 millones; aunque Hacienda informó en septiembre que el Plan Antievasión y el Plan Anticontrabando habían mejorado los ingresos en más de $1,300 millones.
En mayo pasado, Hacienda informó que 68 personas capturadas en un operativo gracias al Plan Antievasión. "Estamos combatiendo las malas prácticas de empresarios, evasores y contrabandistas", informó la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de la República el 16 de febrero de 2023.