La nueva ley faculta al CNR a conformar asocios con entidades públicas o privadas y permite que las “unidades misionales” o dependencias de la institución tengan funciones inmobiliarias, comerciales, mercantiles y otras.
Establece que el CNR preste sus servicios por los recursos tecnológicos habilitados y “deberá implementar o usar los sistemas tecnológicos tales como blockchain u otros necesarios para el resguardo digital”. También, con la reforma el CNR deberá permitir la posibilidad de “acceso remoto del interesado”, la seguridad de su información y la privacidad de las transacciones.