“Lo de la Constitución, ciertamente hay seis artículos que prohíben de manera absoluta la reelección, eso es evidente, queda prohibido, pero dicen los expertos incluso constitucionalistas que hay un artículo que la admite, ¿entonces, en qué quedamos?, ¿qué Constitución tenemos?, ¿acaso una Constitución que dice una cosa y dice otra?”, cuestionó.
El líder religioso, sin embargo, dijo que quien debe interpretar la Constitución es la Sala de lo Constitucional y que esta “se ha pronunciado a favor” ya que “interpreta el artículo (152) que ciertamente permite la reelección”.
“No soy nadie para decir que está mal interpretado o bien interpretado. Pero tengo entendido que la resolución tiene que acatarse”, manifestó.
Escobar Alas no descartó que la Sala de lo Constitucional pueda pronunciarse nuevamente sobre la reelección inmediata, ya que, pese a que magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) han anunciado que la cumplirán, algunos han pedido que el TSE “rectifique”, en referencia a los escritos presentados por el abogado Rafael Garciaguirre y el movimiento denominado Unión Nacional Opositora (UNO) tanto ante el TSE como ante la Sala de lo Constitucional.
Sin embargo, manifestó que hay que ver si el pueblo está a favor o no.
“A lo mejor si él va a la elección, cuando se haga la elección, se verá si el pueblo estaba a favor o no. Ojalá que el proceso sea justo para que el pueblo tenga la oportunidad de expresarse con toda libertad y elegir a los funcionarios que quiera elegir”, manifestó.
La posibilidad de la reelección presidencial inmediata fue habilitada por la Sala de lo Constitucional reinterpretando el concepto de alternancia presidencial. El artículo 248 de la Constitución salvadoreña establecía como irreformable o cláusula pétrea la alternabilidad presidencial.
#AsíLoDijo l Arzobispo sobre la reelección presidencial inmediata en #ElSalvador
— Diario El Mundo (@ElMundoSV) July 30, 2023
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