Una de las condiciones y disposiciones especiales del crédito de $250 millones del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), ratificado el 5 de enero por la Asamblea Legislativa, es que el prestatario ratifique documentación del cumplimiento de acciones previas para reducir el gasto público.

“El prestatario ha llevado a cabo acciones orientadas a eficientizar y reducir el gasto público mediante: i) la eliminación de instituciones que generan duplicidad en las funciones del Estado; y ii) la implementación de una estrategia orientada a la reducción de las necesidades financieras y disminución del servicio de la deuda”, reza el anexo G del contrato.

El contrato de préstamo 2316 suscrito el 4 de enero de 2023 por el viceministro de Hacienda y un representante del BCIE se destina a “Operación de Políticas de Desarrollo (OPD) para apoyar acciones de política pública”.

De acuerdo al contrato de préstamo, el BCIE dio por cumplidas dichas condiciones, debido a la aprobación de la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (Fodes), la Ley de Disolución y Liquidación del Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (Isdem) y la Ley de Creación de la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM).

Así mismo, como cumplimiento de esta condición se menciona la aprobación de las “Disposiciones que facultan al Ministerio de Hacienda para la ejecución de operaciones de administración y manejo de pasivos” (decreto 474 de 2022), que autorizó a Hacienda a realizar operaciones de administración y manejo de deuda según prácticas de los mercados internacionales.

Recaudación: cumplida.

De acuerdo al contrato, el prestatario debía ratificar documentación de haber cumplido acciones sobre factura electrónica para mejorar recaudación de IVA y planes para incrementar la recaudación fiscal. En este tema menciona como avances una reforma al Código Tributario para establecer controles tributarios efectivos; y un informe sobre los incrementos de recaudación por el Plan Antievasión y Anticontrabando.

Destino sin cambios.

La sección 11.01 del contrato de préstamo indica que el prestatario está obligado a “no cambiar la naturaleza del programa”.

Es causal de vencimiento anticipado del contrato de préstamo, según la sección 13.01, cuando “se les diere un destino distinto a lo estipulado en la Sección 2.02” del contrato a los fondos del préstamo.

Un vencimiento anticipado suspendería los plazos de pago del préstamo y el monto del crédito por amortizar, y otros cargos relacionados serían exigibles y pagaderos de inmediato.

El dato

La sección 11.01 del contrato de préstamo Operación de Política de Desarrollo del BCIE indica que el prestatario no debe cambiar la naturaleza del programa ni el destino.