La propuesta de reforma exceptúa intervenciones veterinarias o accidentes sin negligencia, así como las corridas de toros, deportes o prácticas “enmarcadas en festejos locales o nacionales”.
De acuerdo a la reforma al Código Penal que aprobará este martes la Asamblea Legislativa, las penas serían impuestas a quien “genere maltrato” o “lesiones que menoscaben gravemente su salud”, o explote sexualmente a animales domesticados, es decir, que no vivan en estado salvaje.
El diputado Mauricio Ortiz, de Nuevas Ideas, pidió que la propuesta de reforma, presentada por el Miniterio de Justicia y Seguridad, se apruebe este mismo martes con dispensa de trámites, es decir, sin llevarla a estudio de comisión legislativa.
Se trata de un nuevo artículo 261-A. Las penas mencionadas aumentan “hasta una tercera parte”, es decir, 2.7 años a 5.2 años, cuando se usen armas, objetos o formas peligrosas para la vida del animal, cuando se le haya causado la inutilidad de un órgano al animal o cuando el hecho de violencia se hubiese cometido frente a un menor de edad.
Se inhabilitará a la persona la tenencia de animales si el hecho produjo la muerte del animal o trabajos relacionados por el mismo plazo.
La reforma fue solicitada el 21 de enero por el ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro.
Proyecto de decreto que sería aprobado este martes con dispensa de trámites.