El magistrado del TSE, Rubén Meléndez, fue el último juez electoral en confirmar ayer que cumplirá la sentencia de la Sala de lo Constitucional del 3 de septiembre de 2021 que habilita al presidente de la República, Nayib Bukele para buscar la reelección inmediata.
Meléndez aseguró que el TSE reconoce como máximo intérprete de la Constitución a la Sala de lo Constitucional y dijo que el Tribunal como máximo organismo electoral está “en la obligación” de acatar las resoluciones emanadas de la Sala.
Esta declaración va en sintonía con las declaraciones emitidas por la magistrada presidenta, Dora de Barahona y los magistrados, Noel Orellana y Guillermo Wellman que señalaron el “estricto cumplimiento” de las sentencias que resuelve la Sala.
Wellman indicó que opinar sobre el tema de la posible candidatura presidencial del mantario, Nayib Bukele, es dar opiniones sobre hipótesis pues considera que “no hay hecho concreto” pero mencionó el cumplimiento a la sentencia.
La magistrada presidenta Barahona reiteró el cumplimiento de la sentencia y aseveró que el no cumplimiento de la resolución constituye un delito.
Orellana sostuvo el obligatorio cumplimiento de las sentencias y recordó que el TSE “nunca ha incumplido” una resolución de una entidad superior como lo es la Sala.
Por otro lado, el magistrado, Julio Olivo se mostró disidente del resto del organismo colegiado y aseveró que juró cumplir la Constitución y no las resoluciones “de la Sala”, aunque dijo que podría dar una opinión más certera y definitiva sobre el tema hasta el momento en que se dé la inscripción de la candidatura presidencial de Bukele ante el TSE.
Resolución.
La resolución de la Sala de lo Constitucional elegida el 1 de mayo de 2021, reinterpretó el concepto de alternabilidad del poder y resolvió que el período inmediato anterior al mandato 2024-2029, es el del ex presidente, Salvador Sánchez Céren.La Sala estableció que para que el presidente Bukele pueda buscar la reelección debe pedir licencia seis meses antes de las elecciones y prohíbe la reelección para un tercer período consecutivo. Bukele expresó su deseo de buscar la reelección durante su discurso de independencia el 15 de septiembre de 2022.
“La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político”, señala el artículo 88 de la Constitución.
¿Criterios que establece la sala para la reelección?
El 3 de septiembre de 2021 la Sala de lo Constitucional emitió una resolución en la que avala la reelección presidencial inmediata.1.- Reinterpretación de alternabilidad
La Sala reinterpretó el concepto de alternabilidad y determinó que el período inmediato anterior al 2024-2029, es el del ex presidente, Salvador Sánchez Céren.
2.- Licencia de seis meses
La sentencia establece que el presidente de la República debe pedir una licencia de seis meses antes de las elecciones para poder postularse a una reelección inmediata.
3.- Nuevas necesidades
La Sala determinan que el texto reinterpretado de la Constitución ya no respondía a las necesidades actuales de la población y lo establece como una “restricción excesiva”.
4.- Reelección ilegítima
La resolución establece que sería “ilegítimo” promover la reelección más de 10 años, es decir, más de dos mandatos y que el presidente decida seguir en el poder aunque la población no quiera.