La nueva Dirección estará facultada a "gestionar y contratar empréstitos a largo o mediano plazo para financiar actividades que no pueda desarrollar con los ingresos ordinarios", la normativa no establece un límite.
La ley, que entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, cede el control de los mercados construidos e intervenidos por el Órgano Ejecutivo a la Dirección de Mercados Nacionales, cuyo director y subdirector serán nombrados por el presidente de la República.
También, la nueva entidad que administrará los mercados nacionales en El Salvador podrá "constituir, transformar o fusionar sociedades mercantiles y participar en las que ya existen de forma directa", según el artículo 6.
Será el director ejecutivo de la nueva Dirección quien tendrá la facultad de comparecer en nombre de la entidad para constituir, modificar o liquidar las sociedades mercantiles en las que la Dirección sea accionista, y también podrá integrar los "órganos de gobierno" de dichas sociedades en las que tenga participación accionaria, "con los directores, trabajadores y servidores públicos al servicio de la misma".
Según el economista de la Fundación Nacional para el Desarrollo (Funde), Rommel Rodríguez, el financiamiento adquirido por esta Dirección requerirá de la votación de mayoría calificada de la Asamblea Legislativa.
"Toda entidad pública que se nutre de recursos del Estado para financiarse vía deuda se requiere la mayoría calificada en la Asamblea, también, si se va a nutrir de deuda a corto plazo a través de emisión de Letes (Letras del Tesoro), también", explicó.
Sin embargo, advirtió que la entidad debe tener autonomía financiera. El artículo 4 de la normativa indica que la Dirección será una "institución descentralizada, de carácter indefinido, de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía administrativa, presupuestaria, funcional y técnica".
"En principio tiene autonomía financiera el Gobierno Central, las empresas públicas y las municipalidades porque tienen ingresos de las tasas que cobran. No sé qué fortaleza financiera tienen los mercados, ciertamente tienen servicios, pero no sé cómo les irán a poner impuestos a las personas que están ahí, ahí sí desconozco", indicó.
El artículo 7 de la nueva normativa, aprobada el jueves por la Asamblea Legislativa con 57 votos de Nuevas Ideas y sus aliados, indica que el patrimonio de la Nueva Dirección estará constituido por aportes o bienes que le traslade el Estado o las municipalidades, los ingresos por los arrendamientos de los puestos de venta, cooperación o inversión y, además, por los fondos de préstamos internos o externos.
La ley también indica que los gastos de la Dirección "no podrán exceder del porcentaje que establezca" la misma Dirección y serán "primordialmente fijados en función del cumplimiento de sus objetivos institucionales" pero también "de apoyo a planes estratégicos nacionales" y "de los recursos en disponibilidad para periodos específicos".
La nueva ley faculta a la Dirección a administrar y cobrar las tasas en los mercados que hayan sido intervenidos o construidos por el Órgano Ejecutivo pero la diputada Elisa Rosales, de Nuevas Ideas, aseguró que no habrá aumentos en los cobros, en referencia a las tasas e impuestos municipales relacionadas a estos mercados.