Las distancias mínimas que deberán tener las salas de venta, kioscos y ventas colectivas temporales de productos pirotécnicos con lugares de concentración de personas ya no serán 5, 10 y 15 metros, sino 10, 20 y 30 metros para minoristas, medianas y mayoristas, respectivamente, aprobó este miércoles la Comisión de Defensa de la Asamblea Legislativa.

La reforma fue propuesta por Nuevas Ideas luego de la iniciativa del partido Gana de enero, en la que proponía distancias de 20 metros para minoristas, 50 metros para medianas y 100 metros para mayoristas. Estas distancias no tuvieron apoyo. “La propuesta que nosotros habíamos hecho era mucho más alta, pero esta fusión beneficia también”, dijo el diputado Juan Carlos Mendoza, de Gana, quien preside la comisión.

La distancia mínima entre bodegas de estos productos del lugar de fabricación y de lugares de concentración humana también fue duplicada a 30 metros; y en espectáculos respecto a los espectadores, 50 metros.

No incluyeron farmacias.

Cuando se leía el artículo 5, sobre los centros de concentración humana, el diputado Rodrigo Ávila, de Arena, pidió incluir las farmacias; explicó que estas contienen varios productos inflamables y algunos, incluso explosivos. La sugerencia de Ávila solo tuvo su propio voto.

El presidente de la comisión, Juan Carlos Mendoza, de Gana, sometió a votación el artículo 5 de la nueva propuesta de Nuevas Ideas sin la reforma de Ávila. Fue aprobado. El diputado Geovanny Zaldaña pidió que no se volviera a leer el resto de artículos para ser aprobados.

Según la reforma, los “centros de concentración humana” serán aquellos lugares “tales como centros escolares, templos, parques y otros sitios recreativos, mercados, centros comerciales, gasolineras, terminales, terminales de autobuses, establecimientos de salud, puertos, paradas de buses, talleres, comedores, restaurantes, tiendas, ferreterías, ventas de madera, ventas de Gas Licuado de Petróleo (GLP), zonas residenciales, viviendas particulares y otros donde se concentran personas con ciertos objetivos”.

Licencias a la actividad pirotécnica.

Los diputados incorporaron tres nuevas faltas. Las primeras dos serán castigadas con una multa de un salario mínimo mensual: la primera es no refrendar la licencia o permiso en la fecha que le corresponde y la segunda es no presentar la denuncia ante la Policía Nacional Civil en el plazo que establece la presente ley sobre el extravío, robo o hurto de la licencia. La otra nueva falta incorporada es “importar producto pirotécnico terminado que ya se fabrique en el país”, que será castigado con 10 salarios mínimos mensuales.