La ministra de Economía, María Luisa Hayem, entregó a la Asamblea Legislativa, hace una semana, el proyecto de nueva "Ley para la estabilidad del sistema financiero y garantía de depósitos".

La normativa crearía un Comité de Estabilidad Financiera para la coordinación de las instituciones ante "cualquier evento de crisis en las instituciones del sistema financiero del país". Este Comité tendrá la obligación de monitorear la evolución de los riesgos del sistema financiero.

El proyecto, que fue recibido ayer por el pleno legislativo, busca regular los "procesos de recuperación de entidades financieras" para mantener la estabilidad del sistema financiero y los derechos de los depositantes de "entidades en problemas".

Tiene por objeto regular la preparación y ejecución de los procesos de recuperación y resolución de entidades financieras y las facultades de la SSF como autoridad de resolución con la finalidad de proteger la estabilidad del sistema financiero, la continuidad de los servicios financieros esenciales y los derechos de los depositantes de entidades en problemas.
María Luisa Hayem, ministra de Economía.


La ley aplicaría a bancos, sociedades de ahorro y crédito, bancos cooperativos y asociaciones cooperativas o sociedades cooperativas de ahorro y crédito que se encuentren "en proceso de adecuación gradual".

Actualmente la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Victoria, de R.L. (COSAVI, de R.L.) está intervenida por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) por un presunto fraude de $35 millones investigado por la Fiscalía General de la República (FGR). La SSF ha habilitado la devolución a socios que tengan depósitos o ahorros que sumen $7,500 o menos.

Recuperación de entidades financieras

El proyecto de ley establece los procesos de recuperación de entidades financieras o procesos de resolución para procurar la salida ordenada de una entidad del sistema financiero, con el fin de minimizar el impacto en la estabilidad financiera. La ley obligaría a las entidades financieras a elaborar y actualizar un "Plan de recuperación".

Con esta normativa, el Banco Central de Reserva (BCR) tendría la potestad de conceder créditos o financiamiento a bancos, bancos cooperativos, sociedades de ahorro y crédito, para atender retiros de depósitos si hay un deterioro estructura de liquidez de una o más instituciones o para prevenir iliquidez del sistema.

El artículo 18 del proyecto detalla las causales de recuperación de las entidades, como una relación inferior al 7 % entre el fondo patrimonial y los pasivos (deudas), cuando haya peligro de solvencia o la recuperación de depósitos del público como consecuencia del deficiente manejo de riesgos, que los accionistas tengan problemas de solvencia o créditos que requieran una reserva del 50 % o más del saldo, existencia de riesgos que pudieran impactar financieramente a la entidad, entre otras causales.

Un proceso de recuperación implicaría que el Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero emita una resolución razonada y adopte medidas, como requerir elaborar un plan de negociación de reestructuración, ordenar la remoción de los administradores, requerir que se depositen en el BCR las recuperaciones de créditos o requerir apoyo financiero según el capítulo III del título quinto de la Ley de Bancos.

El Consejo Directivo de la Superintendencia, según el proyecto, también podría adoptar medidas de resolución como compra y asunción, banco puente, conversión forzosa de obligaciones o fusión de la entidad en resolución.