La reforma, que será aprobada hoy en el pleno legislativo, ordena al IBA a llevar “un registro de infractores, que podrá ser consultado en sus sistemas electrónicos de información”.
Los procedimientos por maltrato anual pueden iniciar de oficio o por denuncia ante la Unidad de Protección de Animales de Compañía de una municipalidad o una dependencia del IBA. El IBA puede intervenir como interesado en los procedimientos administrativos y aportar elementos probatorios.
El dictamen favorable fue aprobado de manera unánime por la Comisión Agropecuaria luego de dos correcciones y de la visita de representantes del IBA.
Las reformas fueron solicitadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
Mutilación estética será infracción grave.
Las reformas incluyen cuatro nuevas infracciones muy graves: realizar mutilación estética o modificación a los animales de compañía sin un diagnóstico que lo motive, comprar o vender animales domésticos vivos en mercados municipales; extraer y vender animales de la vida silvestre; y no atender el plan de manejo ambiental del Ministerio de Medioambiente y Recursos Naturales (Marn).Estas infracciones se castigan con una sanción que puede oscilar entre 7 y 10 salarios mínimos, de $2,555 a $3,650.
Registro de infractores.
La reforma al artículo 41 indica que el IBA “llevará un registro de infractores, que podrá ser consultado en sus sistemas electrónicos de información”. Actualmente la ley indica que el IBA lleva un registro de denuncias.La reforma que será aprobada hoy también faculta al IBA a ordenar “la obligación de realizar cursos de reeducación o formación en bienestar, protección animal y derechos de los animales”; y establece responsabilidad solidaria si la infracción cometida es imputable a varias personas.
La reforma incluye entre las instituciones que harán cumplir la ley a la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM) y al Ministerio de Obras Públicas (MOP), así como veterinarias, junto a municipalidades y otros ministerios. La reforma permitirá que el IBA descentralice sus acciones mediante estas instituciones.
Nuevas infracciones muy graves
En la ley de bienestar animal, infracciones muy graves son sancionadas con multa entre 7 y 10 salarios mínimos. Las graves, entre 4 y 6 salarios mínimos; y las leves, entre 1 y 3 salarios mínimos.1.- Venta de animales domésticos vivos
La compra y venta de animales domésticos vivos en mercados municipales está prohibida. La reforma la establece como infracción muy grave.
2.- Extracción de animales silvestres
La extracción y venta de animales de la vida silvestre será infracción muy grave. Ciudadanos tendrán obligación de avisar de cualquier riesgo.
3.- Mutilaciones estéticas
Realizar modificación o mutilación estética en animales de compañía sin un diagnóstico que lo motive será infracción muy grave según la reforma.
4.- No atender planes del Marn sobre la vida silvestre
No atender planes de manejo ambiental del Ministerio de Medio Ambiente respecto al manejo de la vida silvestre será infracción muy grave.