La Asamblea Legislativa aprobó la Ley especial transitoria de compensación económica para los trabajadores del Ministerio de Cultura cuyas plazas serán suprimidas por una “reestructuración”.

Esta ley fue aprobada con 57 votos de Nuevas Ideas y aliados, una abstención de Vamos (Arena no votó), 11 días después de la polémica que se generó por el retiro de la obra titulada “Inmoral” de la sala del Teatro Nacional, dirigida por Marvin Pleitez, mejor conocido como "Lady Drag".

Días después del retiro de su obra, Pleitez señaló en sus redes sociales el 22 de junio: “Ayer el Gobierno de El Salvador despide a más de 30 empleados del Ministerio de Cultura, entre ell@s, la directora del Teatro Nacional. Buscando culpables del porqué esta obra de teatro obtuvo permisos en la gran sala de dicho Teatro", escribió Lady Drag en X.

El decreto de compensación económica que entró con dispensa de trámite, en la sesión plenaria de este miércoles, señala que “en virtud del cambio de administración del Ministerio de Cultura se ha advertido que es indispensable una reorganización de su estructura y del personal que labora en dicha institución”.

En ese sentido, la normativa aprobada establece que, con la nueva organización del Ministerio de Cultura, ahora dirigido por el diputado Raúl Castillo, se regularán las condiciones bajo las cuales el personal de dicha cartera de Estado “que se vea incluido en su reestructuración gozará de una prestación económica por la supresión de plazas que dicho Ministerio lleve a cabo”.

Según el artículo 2, los destinatarios de la prestación son empleados y funcionarios permanentes del Ministerio de Cultura que se vean incluidos en la reestructuración, indistintamente si la relación laboral tuvo su origen en un acto administrativo de nombramiento o en un contrato con recursos del Fondo General de la Nación o del Fondo de Actividades Especiales del Ministerio de Cultura.

El monto

Según el decreto en su artículo 4, el monto de la indemnización será fijado en relación con la antigüedad y al último salario devengado por el trabajador, en el mes inmediato anterior a la entrada en vigencia del decreto, sin embargo, no excederá los $20,000, salvo una excepción.

“El personal permanente cuya plaza sea suprimida recibirá una indemnización económica equivalente al 100% de su salario, por cada año laborado o fracción que exceda seis meses, cualquiera que sea el tiempo de servicio que tengan, siendo el monto máximo a pagar en concepto de indemnización $20,000, salvo los casos que deba pagarse al trabajador lo correspondiente a la garantía sindical”, reza el decreto.

La compensación a la que se refiere esta ley será cancelada en un máximo de seis pagos, todos durante el ejercicio fiscal, el plazo de inicio para el primer pago será treinta días hábiles posteriores a la entrada en vigencia de este decreto.

La compensación económica a la que se refiere este decreto será financiada mediante refuerzo presupuestario, por lo que el decreto autoriza al Ministerio de Hacienda al pago de la compensación y el refuerzo presupuestario.

Personal excluido

El decreto establece que los empleados o trabajadores que quedan excluidos del presente beneficio son el personal eventual e interino, así como quienes resultaren despedidos o destituidos por medio de un proceso sancionatorio que estuviese activo al momento de la entrada en vigencia del presente decreto; en tal sentido, no podrá aplicar a compensación el personal que tenga proceso sancionatorio pendiente.

Si finalizado el proceso sancionatorio el fallo fuese favorable al personal, este podrá solicitar la compensación.

Esta ley de carácter transitorio entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial y finalizará el 31 de diciembre de 2024.