Las organizaciones se mostraron preocupadas por nuevos criterios o giros jurisprudenciales que ha tomado la nueva Sala de lo Constitucional. Uno de estos giros obstaculizaría las demandas contra vicios de forma en un proceso de formación de una ley.
De acuerdo al informe “la gravedad de lo resuelto” en las improcedencias de demandas contra los decretos del 1 de mayo de 2021 es que la Sala “rechazó controlar las violaciones al proceso de formación legislativa” porque consideró que el demandante no aportó pruebas.
Ese nuevo criterio, advierte el informe, pone la carga de presentar pruebas al demandante, lo cual es tildado como “un retroceso significativo” ya que antes no se le exigía al comprobación inicial de los supuestos “vicios de forma” para admitir la demanda de inconstitucionalidad. “De hecho, es la autoridad demandada quien debe presentar los documentos que acrediten la discusión parlamentaria”, indica el estudio.
En general el panorama muestra que, si podríamos graficarlo, es el de un portazo en la cara, casos que son rechazos sin explicación”. Úrsula Indacochea, Dir. programa DPLF
Este es uno de los hallazgos del “Informe sobre los primeros 100 días de la Sala de lo Constitucional de El Salvador” presentado este jueves bajo el título “Justicia en pausa”, por las instituciones: Fundación para el Debido Proceso (DPLF), fundación Democracia, Transparencia y Justicia (DTJ), el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional (IIDC), Cristosal, el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA).
El estudio señala también una caída a la mitad de las demandas de inconstitucionalidad, así como caídas menores de demandas de amparo y hábeas corpus.
En el periodo se registran 65 rechazos a demandas de amparo por inadmisibles y 193 por improcedentes; mientras, 8 demandas de inconstitucionalidad por inadmisibilidad y 113 por improcedencia.
“Razonabilidad”.
Otro de los giros señalados por el informe es sobre la exigencia que se hacía a la Asamblea Legislativa, en anteriores sentencias, de dar razones para designar a un funcionario. A esto le llaman “principio de razonabilidad”.El giro, según el informe, se da en las demandas rechazadas por la Sala contra sus propios nombramientos.
Como un acto de fe tenemos que creer lo que los supuestos magistrados dicen, ‘vi los argumentos, no tienen relevancia y por eso rechazo la demanda”. Rodolfo González, exmagistrado
“Los pronunciamientos recientes rechazan este tipo de demandas, autocensurando sus competencias de control al considerar que serían invasivas de las atribuciones del legislador”, indica el informe.
Así mismo, señalan que el rechazo de otras demandas por infracción a la división de poderes implicó un retroceso “grave” en la jurisprudencia.
Política de comunicación.
El exmagistrado Rodolfo González aseguró que hay un “claro retroceso” en la política de comunicación de la Sala por la falta de divulgación sistemática de sus resoluciones y sentencias a través de redes sociales. Las anteriores Salas divulgaban las sentencias más relevantes en Twitter.Dan por buenas sin ninguna valoración crítica las razones que exponen las autoridades demandadas para haber cerrado el aeropuerto”. José Marinero, presidente de la fundación DTJ
Dos diferentes sentencias de la Sala de lo Constitucional
El informe indica que la Sala de lo Constitucional ha seguido jurisprudencia de sus antecesores pero señala giros preocupantes. La resolución del 3 de septiembre considerada emblemática.Junio 4 de 2021
El informe indica que la Sala ha emitido resoluciones que continúan el principio de igualdad y el “test de igualdad”.
Septiembre 3 de 2021
La resolución que habilitó la reelección presidencial inmediata es mencionada como el retroceso más emblemático de la Sala.
Algunas resoluciones de la Sala de lo Constitucional
Una crítica del informe es la publicación únicamente de cuatro resoluciones o sentencias en su cuenta oficial de Twitter durante sus primeros 100 días.1.- Reelección inmediata
Auto de sobreseimiento del 3 de septiembre por pérdida de ciudadanía en la cual se habilitó la reelección presidencial inmediata.
2.- Hábeas Corpus
Sentencia del 16 de junio de 2021 sobre desapariciones forzadas de una familia durante la guerra civil y ordena investigación.
3.- Elección del CNJ
Declaró inconstitucional el artículo 24 de la ley del CNJ que impedía a magistrados y jueces optar para presidir el CNJ.
4.- Derecho al sufragio desde el exterior
Ordenó a la Asamblea ajustes normativas para el derecho al voto desde el exterior a más tardar en septiembre 2021.