Representantes de una docena de juntas de agua de comunidades de la zona norte del departamento de La Libertad entregaron a la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA) una propuesta de “contenidos fundamentales para la elaboración de un reglamento general de atención a juntas de agua potable rurales y urbanas”.
Mencionan que la Ley General de Recursos Hídricos vigente desde julio de 2022 incorpora en su regulación a las juntas de agua, las cuales podrán autorizarse para un plazo de vigencia de hasta 15 años, con posibilidad de renovación previo estudio técnico, ordenado y supervisado por la ASA.
La ley también establece cobro de canon por uso o aprovechamiento del recurso hídrico, del cual las juntas de agua aún no reciben notificación sobre su monto.
Sí estamos de acuerdo a pagar nuestro impuesto, al canon, pero un centavo (de dólar) mensual por familia. Hemos oído decir que no se nos va a cobrar a las juntas de agua; pero la ley dice lo contrario, ahí se encuentra un artículo donde dice que vamos a pagar un impuesto al canon”. –Rina Elizabeth Ábrego Sánchez, presidenta de la junta de agua de cantón San Felipe, de San Juan Opico.
El artículo 109 de la Ley dice que “estarán sujetos al pago del canon todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que utilicen el recurso hídrico para fines distintos al uso doméstico conforme a la presente ley”. Pero agrega que "en el caso de redes de abastecimiento de agua, la ASA aplicará el cobro de este canon a las entidades que prestan dicho servicio".
Comentó que tienen 348 usuarios de la junta de agua en el cantón y aseguran que no podrían pagar un impuesto más alto.
“Nosotros tenemos un promedio de 625 usuarios, incluso en nuestro cantón tenemos instituciones a las cuales nosotros les brindamos el servicio gratis, estamos hablando de escuelas, kínder, iglesia católica, la casa de medio ambiente a las cuales no les podemos cobrar la tarifa porque son instituciones que nos benefician”, dijo Douglas Manuel Hernández, de la junta de agua de Hacienda Chanmico.
Agregó que tampoco cuentan recursos para el tratamiento de las aguas residuales como señala la ley y que con los cobros de servicio a las familias solo logran cubrir la operación.
