La reforma fue realizada al artículo 187 del Código de Familia, para que el RNPN centralice los sistemas informáticos del estado familiar y para que las alcaldías ingresen los datos en los sistemas proporcionados por el RNPN.
De acuerdo a la reforma, cada municipalidad deberá llevar el Registro del Estado Familiar a nivel local, y también deberá ingresar o inscribir los actos jurídicos del estado familiar en los sistemas informáticos proporcionados por el RNPN.
La diputada Alexia Rivas aseguró que habrá “un registro central con el objetivo de que se lleve el control dentro de los datos recabados de las municipalidades”, que el RNPN “sea quien administre los sistemas informáticos modernos sobre los hechos y actos jurídicos del estado familiar” y, en tercer lugar, cada municipalidad “debe inscribir en tiempo real” el registro.
Aseguró que los datos también incluyen las defunciones y los nacimientos.
La Presidencia, a través de la Secretaría de Innovación, diseñó la plataforma para el Registro de Estadísticas Vitales y Familias (REVFA) que dan a las alcaldías.