La Asamblea Legislativa podría aprobar en sesión plenaria de este viernes, posiblemente la última del año 2024, una reforma para que en el delito de conducción peligrosa se aplique también a los conductores que hayan consumido cualquier cantidad de alcohol.
"Constituye conducción peligrosa el manejar un vehículo de motor atentando de manera manifiesta contra la seguridad vial, así como habiendo consumido bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas", reza parte del nuevo artículo 147-E del Código Penal.
La reforma, aprobada el jueves por una Comisión legislativa dirigida por el diputado Caleb Navarro (Nuevas Ideas), implicará las detenciones de los conductores que presenten menos de 100 mililitros de alcohol por decilitro de sangre, actualmente exentos del proceso penal.
Actualmente, se aplica una multa de $57.14 a los conductores que tengan entre 50 y 99 ml/dl de alcohol en sangre y deja libres a los que presenten entre 0 y 49 ml/dl. Si la reforma se aprueba y es sancionada por el presidente de la República, iniciará el día de la publicación en el Diario Oficial.
Aumento de penas
La reforma aumenta las penas para el delito de conducción peligrosa de 2-4 años a 2-5 años de prisión; de 3-6 años a 5-10 años de prisión para el delito de conducción peligrosa en vehículos de transporte público y transporte de carga.También, se extiende a un máximo de 10 años de prisión cuando el delito de conducción peligrosa haya provocado un homicidio culposo por vehículos comunes; y hasta 15 años de prisión cuando el delito de conducción peligrosa haya provocado un homicidio culposo por transporte público y transporte de carga.
La reforma permitirá que las pruebas de alcoholemia, alcotest o antidoping sean prueba suficiente para probar el consumo, aunque el ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, aseguró que también hay otros mecanismos que usan para probar el consumo de alcohol.
Conciliación no impedirá proceso penal
Una segunda reforma al Código procesal penal, que también podría aprobarse este viernes, busca que la conciliación entre la víctima y el imputado no impida que este sea procesado penalmente cuando haya cometido homicidio culposo.Esta reforma únicamente aplica cuando el homicidio culposo haya sido provocado por el delito de "conducción peligrosa" pero vinculado al consumo del alcohol o drogas.
El Gobierno registra 33 fallecidos, 506 lesionados y 734 accidentes provocados por conductores en estado de ebriedad.