La Asamblea Legislativa prolongó, hasta mayo de 2025, el plazo que tiene el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) para poder vender, donar o destruir, sin trámites, madera decomisada por infracciones a la Ley Forestal.

El decreto “Disposiciones transitorias para la venta, donación y destrucción de productos y subproductos forestales decomisados por infracciones a la Ley Forestal”, cuyos ocho meses de vigencia vencieron el 3 de septiembre, fue prorrogado hasta el 12 de mayo de 2025.

Los diputados argumentaron que las disposiciones transitorias se emitieron porque diferentes instituciones “solicitaron la donación de productos y subproductos forestales con fines de utilidad pública e interés social”.

Según el artículo 13 de la Ley Forestal, transcurridos 15 días sin que el legítimo propietario reclame los bienes decomisados, se proceda a la venta a precio de mercado. Estos fondos son ingresados al Fondo de Actividades Especiales para el Desarrollo Forestal.

Las disposiciones transitorias permiten que el MAG “con dispensa de trámite” a través de la Dirección General de Ordenamiento Forestal pueda vender, donar a instituciones del Estado o municipales que lo soliciten con fines sociales la madera decomisada antes de enero de 2021, considerada en abandono, y si es decomisada después puede disponer de la misma 15 días después de que una persona no reclame su propiedad.

¿Por qué se realizan decomisos de madera en El Salvador?

El MAG puede ordenar el decomiso de productos forestales además de imponer una multa por alguna infracción, que podría ser impuesta por talar sin autorización, transportar sin documentación de legítima procedencia, derribar o destruir árboles por razones históricas o por ser especie en peligro de extinción.