De acuerdo al procurador, Apolonio Tobar, el artículo 97 del anteproyecto aún no entregado a la Asamblea Legislativa plantea que “al momento de emitir la sentencia” se tome en cuenta “seis aspectos que podrían dosificar la pena”: gravedad, nivel de participación, reconocimiento del hecho, compromiso de reparación, petición de perdón y colaboración en la ubicación del paradero de las víctimas.
Tobar puso de ejemplo a Colombia en donde crearon tres niveles de imposición de sanción de cárcel: imputados que colaboran en esclarecer la verdad desde el inicio, quienes solo lo hacen al final y quienes no lo hacen.
Se aplicaría, según la propuesta, el Código Penal del periodo de guerra salvadoreña y el Código Procesal Penal actual, porque contempla mayores garantías procesales para las personas imputadas.
Para que no haya repetición, no solo debemos castigar a los intelectuales, sino a los entorpecedores... La justicia debe llegar también a ellos”. Jorge Castro, diputado de Nuevas Ideas
Sobre la dosificación de las penas, el diputado Walter Coto dijo al procurador que la ley ya establece cuándo se dará “el principio de la proporcionalidad de la pena”, dependiendo si es imputado es coautor o cómplice necesario, por ejemplo.
“Estamos conscientes que el Código Penal (de aquel entonces) tiene una pena establecida, pero la idea nuestra bajo el estándar internacional de la justicia transicional es que, para definir el número concreto (de la pena de cárcel), establecemos que deben tomarse en cuenta los seis aspectos”, le respondió el titular de la PDDH.
¿No tendrían que ser FMLN y Arena que conglomeraron a personas, y más aún a los dirigentes que hicieron todo para entorpecer (que deben responder)?”. Walter Coto, diputado de Nuevas Ideas
Criterio de oportunidad.
El anteproyecto presentado por el procurador, quien fue felicitado por los diputados de Nuevas Ideas, contempla la posible aplicación del criterio de oportunidad “a quienes no se les atribuye grandes afectaciones de derechos humanos” y excepto a dirigentes de grupos organizados de poder.La ley presupone la creación de juzgados y cámaras especializadas en justicia en transición.
La PDDH propone un Fondo de Reparación que se conformaría con un capital inicial de $5 millones del Ministerio de la Defensa Nacional y se financiaría con 10 % del presupuesto de Defensa Nacional, 10 % de la deuda política, 5 % de los bienes ilícitos extinguidos por el Estado y multas impuestas por la ley.
Serían dos proyectos de ley. Sería importante darle iniciativa al proyecto para que pueda ingresar como expediente a la Comisión”. Claudia Ortiz, diputada de Vamos
La PDDH considera que los delitos de guerra que deben ser enjuiciados deben partir de 1970.
El 26 de febrero de 2020, la Asamblea 2018-2021 aprobó una ley de justicia transicional que permitía cerrar casos si en 12 meses no tenía hallazgos y reducir las penas a la cuarta parte si el impuesto reconocía su participación, pide perdón y colabora. Fue vetada por el Presidente.
El dato
Nuevas Ideas hizo consultas sobre la posibilidad de que Arena y FMLN respondan económicamente a las víctimas, no el Estado, y el proceso a entorpecedores de la justicia.Propuesta de “ley de justicia en transición”
1.- Periodo de justicia
La PDDH sostiene que los procesos de justicia transicional deben partir de 1970 y no de 1980.
2.- Jueces especiales
Crear jueces y cámaras especiales, porque requiere conocimientos y atestados diferentes, dijo el procurador.
3.- Dosificación de penas
Si los imputados piden perdón, reconocen los hechos o prometen reparar, se dosificaría la pena de cárcel.
4.- Un fondo de reparación
La institución propone que sea financiado con presupuesto de Defensa Nacional y de los partidos políticos.
5.- Indemnización o pensión
Plantea una indemnización única o pensión vitalicia a cada caso, analizado por la Dirección de Reparación.