La fracción de Nuevas Ideas en la próxima Asamblea Legislativa tendrá las tres categorías de mayorías de votos para poder tomar decisiones sin necesidad ni siquiera de los tradicionales aliados que sobrevivieron.

Las tres mayorías necesarias son 31 votos, 40 votos y 45 votos. Nuevas Ideas tendrá 54 diputados.

Los 2 diputados del Partido de Concertación Nacional (PCN) y el diputado del Partido Demócrata Cristiano (PDC) no le son necesarios para las aprobaciones. Menos lo será el partido Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), que no logró ninguna curul.

La mitad más uno: 31

La fórmula de la llamada mayoría simple es la mitad más uno, antes equivalía a 43 votos y, a partir del 1 de mayo de 2024, será 31 votos de 60. Esta mayoría simple es suficiente para aprobar leyes, reformas, presupuesto general, decretar impuestos, aprobar su propio presupuesto con su ley de salarios, aprobar dictámenes recomendables a funcionarios.

Esta correlación también es suficiente para que la Asamblea Legislativa tome acuerdo de reforma a la Constitución de la República; un acuerdo requiere ratificación de la siguiente legislatura.

Así mismo, es necesaria para la elección de magistrados de la Corte de Cuentas de la República.

Dos tercios: 40

La mayoría calificada de dos tercios de votos de los diputados serán 40 votos a partir de la próxima legislatura, y ya no 56.

Esta correlación es necesaria para facultar al Órgano Ejecutivo a que contrate préstamos por “grave y urgente necesidad” con los fines bien especificados, ratificar tratados de extradición, suspender o restablecer un régimen de excepción, aprobar ley especial de intervención a las telecomunicaciones y superar vetos del presidente a decretos legislativos.

También son necesarios 40 votos para elegir los siguientes funcionarios:
  • Fiscal general de la República.
  • Procurador general de la República.
  • Procurador para la defensa de los derechos humanos.
  • Magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
  • Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
  • Miembros del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ).

Serán necesarios 40 votos para ratificar el acuerdo de una reforma a la Constitución de la República; también, para declarar la incapacidad física o mental del presidente, vicepresidente o de funcionarios electos por la Asamblea Legislativa, para el ejercicio de sus cargos, previo dictamen unánime de una comisión de cinco médicos nombrados por la Asamblea.

Tres cuartos: 45

Este tipo de mayoría “súper calificada” se ocupa únicamente para:
  1. Las tres cuartas partes de la legislatura o 45 votos serán necesarios para suspender derechos constitucionales establecidos en el artículo 12 inciso segundo (para suspender el derecho constitucional de defensa) y en el 13 inciso segundo, no excediendo la detención administrativa de 15 días (para suspender el derecho a no estar detenido sin audiencia más de las 72 horas).
  2. Para la ratificación de todo tratado o pacto relacionado con los límites de la República.