El artículo 44 exige a estos funcionarios ser salvadoreño, mayor de 30 años, del estado seglar, de notoria instrucción y honradez, estar en el ejercicio de los derechos de ciudadano o ciudadana y haberlo estado en los cinco años anteriores a su elección.
Además, según el artículo 45 del Código Electoral, no podrán ser magistrados del TSE:
- Presidente y vicepresidente.
- Designados a la Presidencial
- Ministros y viceministros.
- Presidente de la Asamblea Legislativa.
- Presidente y magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
- Presidente y magistrados de la Corte de Cuentas de la República (CCR).
- Fiscal General de la República.
- Procurador general de la República.
- Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos.
- Militares de alta o que hayan estado en los tres años anteriores al inicio del periodo de su elección.
- Funcionarios que ejerzan la jurisdicción judicial (jueces).
- Cónyuge o parientes por adopción o dentro del cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad de alguno de los magistrados del TSE.
- Quienes hayan manejado fondos públicos si no obtienen finiquito.
- Contratistas y subcontratistas de obras o empresas públicas que se costeen con fondos del Estado o municipio.
- Deudores de la hacienda pública.
- Los inhabilitados para ejercer el sufragio.
La Asamblea Legislativa dejó pendiente la elección y juramentación de los nuevos magistrados del TSE que debieron iniciar su quinquenio el 1 de agosto pasado, pese a que la Comisión Política de la Asamblea Legislativa emitió un dictamen favorable luego de las entrevistas a 30 candidatos, tres por cada cargo a nombrar, entre propietarios y suplentes. Los diputados de Nuevas Ideas aún no explicaron públicamente la razón del retraso en el nombramiento.
El presidente legislativo, Ernesto Castro, tampoco convocó a la Comisión Política, al cual fue regresado el dictamen favorable a petición de Nuevas Ideas, antes de las vacaciones agostinas.