Por el decreto votaron 63 diputados de Nuevas Ideas Ideas y sus aliados; hubo siete diputados de Arena, Nuestro Tiempo y Vamos que votaron en contra.
El actual artículo 5 de la normativa crea las “Cámaras de Segunda Instancia integradas por dos magistrados”. La reforma agrega un inciso segundo que indica: “Las Cámaras contra el Crimen Organizado estarán conformadas por tres magistrados. Uno de ellos será designado por la Corte Plena para conocer los incidentes y recursos seguidos contra los niños, niñas y adolescentes, vinculados con estructuras de crimen organizado”.
De acuerdo a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) “actualmente se transita hacia un sistema jurídico” que garantiza los derechos de niños y adolescentes “acorde a un modelo jurídico de la responsabilidad penal para los adolescente” en donde este tiene derecho a impugnar las decisiones judiciales.
¿Por qué?
Las dos “Cámaras contra el Crimen Organizado” fueron aprobadas en un decreto aprobado el 1 de noviembre de 2022; fueron el resultado de la conversión de las cámaras especializadas de lo penal de San Salvador.Sin embargo, en este decreto 551, se dejó establecido que los tribunales contra el crimen organizado procesarían a adultos y menores, creando un juez de menores dentro de cada tribunal; sin embargo, la Asamblea Legislativa no estableció una función similar en las cámaras, que reciben y analizan las apelaciones de los imputados contra las decisiones de los tribunales.
La reestructuración de los tribunales y cámaras se realizó con el fin de procesar a las personas capturadas durante el régimen de excepción, conformando cada tribunal con cuatro jueces, uno de los cuales será “juez de garantías para el menor” y creando dos cámaras con sede en San Salvador conformadas por tres magistrados y competencia a nivel nacional. Así, hay seis tribunales en San Salvador con competencia en siete departamentos; tres en Santa Ana y dos en San Miguel