Una reforma al Código Procesal Penal que sería aprobada en la sesión plenaria de este miércoles permitirá enjuiciar a más de 81,000 prófugos de la justicia declarados en rebeldía, incluyendo a los expresidentes Mauricio Funes y Salvador Sánchez Céren, de acuerdo a los datos de la Fiscalía General de la República (FGR).

El fiscal general, Rodolfo Delgado, dio a conocer que de 2013 al 19 de septiembre de 2022 hay 31,652 prófugos cuyo proceso judicial se detuvo sin haber podido enfrentar vistas públicas. Sumados a 50,000 prófugos desde 1998, dijo que son más de 81,000.

Luego de escuchar al fiscal, la Comisión de Justicia y Combate a la Narcoactividad de la Asamblea Legislativa votó a favor del dictamen de reformas que pretenden enjuiciar a los imputados pese a que están ausentes.

Nosotros, luego de un análisis técnico de todos los artículos que ustedes están presentando para su reforma, estamos en total acuerdo”. Gustavo Villatoro, ministro de Justicia y Seguridad Pública

Observaciones.

La reforma, propuesta por diputados de Nuevas Ideas, solo recibió dos observaciones del fiscal general, que estuvo de acuerdo con el contenido de la propuesta.

Delgado sugirió cambiar la redacción de la propuesta de reforma del artículo 88, especificando que la declaración de rebeldía no suspenderá “el curso del proceso”, pues el proyecto original mencionaba que era hasta la vista pública. El funcionario también pidió aclarar que la revocatoria de orden de captura establecida en la propuesta de reforma del artículo 89 se refiere a la emitida por la declaratoria de rebeldía y no por la prisión provisional.

Nosotros como Fiscalía consideramos que es un muy buen aporte este tipo de reformas”. Rodolfo Delgado, fiscal general de la República

Respaldo.

El segundo citado para consultar la propuesta de reforma fue el ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, quien estuvo totalmente de acuerdo.

Villatoro explicó que las reformas harán que incluso se reduzca el gasto en repetir “vistas públicas” cuando los reos sean capturados. Aseguró que desde un análisis técnico están en “total acuerdo” con las reformas.

Explicó las definiciones de “casos fortuitos y de fuerza mayor” para justificar la ausencia de los imputados y dijo que se refieren a contagios por virus, accidentes en casa o automóvil que “cualquier” juez podría tener.

Los funcionarios de Gobierno aseguran que pretenden combatir la impunidad de los delitos; sin embargo, no necesariamente las condenas corresponderán a una cantidad de condenados.

Las reformas al Código Procesal

El 14 de septiembre diputados de Nuevas Ideas presentaron una propuesta de proyecto para reformar más de 20 artículos del Código Procesal Penal que busca especificar el proceso de declaratoria de rebeldía.

1.- Rebelde
Es rebelde quien no se presente ante el juez cuando fue notificado, se fugue del lugar de su privación y tenga conducta evasiva de comparecer.

2.- No se suspende el proceso
El proyecto dice que no se suspenderá el proceso hasta la vista pública. El Fiscal propuso que se especifique la no suspensión en todo el proceso.

3.- Infracciones
Se agrega una cuarta infracción sobre la renuncia del defensor del declarado rebelde a partir de la audiencia preliminar sin causa justificada.

4.- Defensor
En caso de rebeldía, el juez advertirá al defensor a que se presente para hacer valer los derechos del imputado y continuar el juicio.