Una reforma a la Ley General Tributaria Municipal aumentaría las sanciones a los contribuyentes de los municipios que no declaren impuestos o que declaren de manera fraudulenta.

La propuesta establece una multa mínima de $54.74 (15 % del salario mínimo del sector comercio) en lugar de $2.85 (25 colones) que establece la ley actual. Modifica las sanciones, por ejemplo, por el ocultamiento o destrucción de información, la multa máxima pasaría de ser $1,142.8 a $2,920.

La propuesta incluye una reforma al artículo 15, que regula los impuestos a la casa matriz y sus sucursales.

La propuesta indica que la casa matriz podrá deducir los impuestos aplicados por las municipalidades a sus sucursales o bodegas; y aclara que estas sucursales pagarán tributos “independiente del impuesto gravable a su casa matriz”. La ley actual permite deducciones a la casa matriz y aplica tributos en los municipios con sucursales o activos.

“Es poner las reglas claras para todos, desde la más humilde vendedora hasta la empresa más grande, todos somos iguales ante la ley”. Christian Guevara, diputado de Nuevas Ideas

Sanciones.

La propuesta de reforma sube la sanción por el pago extemporáneo de tributos municipales u omisión de pago, dependiendo del tiempo que el contribuyente haya tardado en pagar a la municipalidad.
Actualmente es 5 % del impuesto en los tres primeros meses de mora y 10 % del impuesto posteriormente.

La propuesta es que sea 5 % del tributo pagado extemporáneamente si paga en 30 días; 10 % si paga del día 31 al 60; y 15 % después del día 60. Por omisión de pago, la sanción sería 15 % del tributo adeudado si paga en los primeros 30 días, 20 % si paga del día 31 al 60; y 25 % si se paga después del día 60.

Por obstaculización.

Actualmente, negar el control de la administración tributaria municipal, ocultar o destruir antecedentes implica una sanción del 0.5 % del activo declarado, con un mínimo de $5.71 y un máximo de $1,142.8, hasta la clausura del establecimiento. La propuesta es que por negarse al control de la administración municipal o a dar información u omitirla haya multa de 1 a 5 salarios ($365 a $1,825).

En caso de ocultamiento o destrucción de antecedentes, así como dar informes incompletos o falsos, propone una multa de 6 a 8 salarios mínimos ($2,190 a $2,920).

Por años (las empresas) han evadido impuestos, alegando que en las sucursales no deben pagar aunque ahí se genere actividad económica”. Elisa Rosales, diputada de Nuevas Ideas

Alcalde sancionará.

La reforma facultaría a los concejos a declarar la prescripción de la obligación tributaria, a autorizar la compensación de tributos y conocer apelaciones. El alcalde estaría facultado a sancionar y los órganos dependientes a determinar la obligación tributaria. El tiempo para presentar recursos de apelación se amplía de 3 a 15 días luego de la notificación de aplicación de sanción o determinación de tributos.

Cambia sanción por declaraciones incompletas

La sanción actual por declaraciones incompletas o falsas es 20 % del impuesto omitido.
La reforma propone que la multa sea el 15 % del salario mínimo mensual del sector comercio, es decir, $54.75; y, si son declaraciones falsas, la multa sería de 3 salarios mínimos ($1,095).

Cambia sanción por omitir declaración

La sanción actual por omitir la declaración de impuesto es 5 % del impuesto no declarado. La propuesta es que la sanción sea un salario mínimo del sector comercio ($365).

No se extinguen tributos
La reforma propuesta agrega que la obligación tributaria municipal no se extingue si los establecimientos o bienes que generan tributos municipales cambien de titular. La actual ley no lo contempla.

Reducen plazo de pago a 30 días
De acuerdo a la propuesta de reforma, cuando en leyes y ordenanzas no se fijen plazos de pago de los tributos deberán cancelarse en 30 días y no 60 días, como indica la ley actual.

Estado podrá pagar en cuotas
En procesos de negociaciones entre la municipalidad y las instituciones del Estado incluidas autónomas estas podrán realizar pagos parciales a tributos y periodos que estas elijan. Deberá ser avalado por el concejo.

Cambio en prescripción
La reforma indica que el derecho de exigir el pago de tributos municipales prescribirá por la falta de cobro administrativo municipal durante 15 años consecutivos y no por la falta de cobro judicial ejecutivo, como indica la ley actual.

Sanciones con base al salario
Por ocultamiento o destrucción de antecedentes o informes incompletos o falsos, se multa con 0.5 % del activo declarado, de $5.71 a $1,142.8. La propuesta es multa de 6 a 8 salarios mínimos (de $2,190 a $2,920).

Mayor multa por declaración extemporánea
Sube del 2 % al 5 % la sanción por presentar extemporáneamente las declaraciones de impuestos, por mes o fracción de mes, no pudiendo ser menor al 10 % del salario mínimo ($36.5). El mínimo actual es 25 colones ($2.85). Si no hay impuesto, la multa será 15 % del salario mínimo ($54.75). Actualmente es 10 colones ($1.1).