La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente una demanda de inconstitucionalidad por vicio de forma contra la Ley Bitcoin aprobada en junio de 2021.

En su demanda, el ciudadano Nelson González Morales argumentó la violación del artículo 85 de la Constitución de la República: señaló que la aprobación de la Ley Bitcoin transgredió los principios de publicidad, democrático y pluralista.

La Sala consideró que la argumentación del demandante fue “deficiente”, ya que no da datos objetivos que permitan aseverar que el tiempo empleado para el debate parlamentario de la Ley Bitcoin fue insuficiente y tampoco dice cuál es el contenido de ley que le da un carácter complejo.

Según la resolución, emitida el 1 de octubre de 2021, el demandante argumentó que no hubo debate público en el proceso de formación de la Ley Bitcoin por la falta de participación de entes públicos o privados que dieran su opinión.

La Sala declaró improcedente este argumento, señalando que la omisión de dicha participación no supone un vicio en el proceso de formación de ley citando la sentencia de inconstitucionalidad 49-2011.

Si hipotéticamente se aceptara dicho planteamiento, tendríamos que arribar a una consecuencia institucionalmente inaceptable: todas aquellas leyes aprobadas sin dicha intervención de instituciones públicas o privadas serían inconstitucionales, lo cual crearía un problema de mayor calado que el que se pone en conocimiento de este Tribunal”.

Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.


La resolución es firmada por los magistrados Óscar Alberto López Jerez, Elsy Dueñas Lovo, José Ángel Pérez Chacón, Luis Javier Suárez Magaña y Héctor Nahún Martínez García.

¿Cuáles fueron los argumentos del demandante?

  • Señala que la Asamblea solo tuvo 5 horas para discutir la Ley Bitcoin que modifica de manera estructural la política monetaria de El Salvador.
  • El tiempo empleado para discutir su contenido fue irrazonable o insuficiente, y no hubo debate público.

¿Cómo se aprobó la Ley Bitcoin según la demanda?

  1. El presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, decretó un receso a las 5:20 de la tarde. Reanudó la sesión a las 7:02 de la noche. Luego, el diputado Christian Guevara pidió modificar agenda para incorporar la iniciativa de la Ley Bitcoin para que se conociera de inmediato convocando a la Comisión Financiera.
  2. El presidente de la Asamblea convocó a la Comisión Financiera a las 7:07 de la noche. La Comisión no convocó a grupos sociales y organizaciones para exponer sus puntos de vista.
  3. La sesión se reanudó a las 9:32 p.m. La diputada Dania González solicitó modificar agenda para incorporar el dictamen 3 de la Comisión Financiera, lo que se aprobó con 60 votos a las 9:38 p.m.
  4. La Asamblea discutió aprobó otro dictamen, de la Comisión de Hacienda, a las 10:07 p.m. y el presidente decretó un nuevo receso a las 11:22 p.m.
  5. La sesión se reanudó a las 11:35 p.m. Hubo intervenciones de diputados y el diputado William Soriano pidió que se tuviera por suficientemente discutido el dictamen, lo que se aprobó con 61 votos a las 11:58 p.m.
  6. La Ley Bitcoin fue aprobada con 62 votos a las 00:01 del 9 de junio de 2021.