Los permisos de trabajo de algunos de los salvadoreños beneficiarios del programa de Estatus de Protección Temporal (TPS) vencerían este 22 de julio si estos no fueron renovados luego de la prórroga del programa que vence el 9 de septiembre próximo.
La página web del Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS) detalla esta fecha de vencimiento automática para los Documentos de Autorización de Empleo (EAD) que tenían como fecha expresa de expiración el 9 de marzo de 2025.
Sin embargo, esta fecha tenía una razón de ser que también lo explica la página web de la USCIS.
Cuando la designación de TPS para El Salvador fue prorrogada hasta el 9 de septiembre de 2026, instó a los salvadoreños a reinscribirse entre el 17 de enero de 2025 hasta el 18 de marzo de 2025 mediante el formulario I-821.
Pero un segundo trámite que podían realizar los salvadoreños bajo TPS era la solicitud del Documento de Autorización de Empleo (EAD).
Son dos solicitudes diferentes: la solicitud de TPS es el formulario I-821 y la solicitud de EAD es el formulario I-765.
Los EAD tenían diferentes fechas de expiración, según el sitio de la USCIS, pero su validez gozó de una “extensión automática” hasta el 9 de marzo de 2026 o hasta el 22 de julio de 2026, es decir, este miércoles.
¿A qué se debió esta extensión automática?
La USCIS explica en su sitio web que esta extensión automática le ayudaba al salvadoreño «a no perder su autorización de empleo si su EAD vence antes de que usted reciba su nuevo EAD (si solicitó uno)”.
De la misma manera, en la prórroga publicada por el Registro Federal el 17 de enero de 2025, la USCIS explicó que los beneficiarios de un EAD (I-765) pendiente de respuesta desde el día de la prórroga (17 de enero de 2025) no tenían necesidad de presentar una nueva solicitud de EAD “nuevamente” y, además, que, si la USCIS aprobaba el permiso pendiente de EAD, emitiría “a la persona un nuevo EAD que será válido hasta el 9 de septiembre de 2026”.
Lo dice así: “Si USCIS aprueba un Formulario I-765 pendiente relacionado con TPS, USCIS emitirá a la persona un nuevo EAD que será válido hasta el 9 de septiembre de 2026”.
En esta prórroga, la USCIS también explicaba por qué se otorgó la prórroga automática del EAD hasta el 9 de marzo o hasta el 22 de julio de 2026: debido a que “no todos los reinscribentes pueden recibir un nuevo EAD antes de que expire su EAD actual”.
En esa misma publicación, la USCIS explicó que, si la solicitud de TPS era aceptada, le “otorgará el TPS individual hasta el 9 de septiembre de 2026” y que, si aprueba la solicitud de EAD, “emitirá a la persona un nuevo EAD que será válido hasta la misma fecha”, es decir, 9 de septiembre de 2026.
El experto en migración Reynaldo Alvergue aclaró que la fecha del 22 de julio de 2026 no aplica para todos los permisos de trabajo, ya que la vigencia de los mismos depende de si solicitaron o no su renovación.
“Mucha gente se ha confundido con eso. Una cosa es el permiso de trabajo y otra cosa es el TPS… El TPS vence hasta el 9 de septiembre, algunos que no renovaron sus permisos están recibiendo carta por parte de los patronos de que ya no van a poder continuar laborando con ellos, porque ya no tienen los permisos vigentes, pero muchas veces es descuido de las personas que no renovaron con anticipación”, explicó Alvergue.
El experto salvadoreño recordó que las vigencias de los permisos de trabajo se han venido reduciendo y que ahora “algunos permisos están por caducar y esos los van renovando 90 días antes del vencimiento”.
Subrayó que ahora los permisos EAD tienen una validez de un año pero “todo el mundo está esperando la noticia” sobre la prórroga o renovación de la designación del TPS para El Salvador para decidir si renovar o no su permiso de trabajo, ya que considera no les serviría de nada renovar el permiso si el programa no continúa.
El TPS fue designado a El Salvador el 9 de marzo de 2001; y aplica a personas que tienen presencia física continua en Estados Unidos desde el 9 de marzo de 2001 y residencia continua en Estados Unidos desde el 13 de febrero de 2001.
