Es una respuesta a la sentencia de inconstitucionalidad de la Sala de lo Constitucional, que ordenó legislar para “adicionar la legislación procesal activa de la persona que afirme ser el padre biológico de otra”.
Actualmente, el Código establece que nadie podrá impugnar la paternidad “en vida del marido”, sino solo él mismo probando que no lo engendró y el hijo cuando ejerza su derecho de investigar la paternidad.
La propuesta da la oportunidad a otro “que se considere el padre biológico, siempre que su pretensión se fundamente en razones objetivas que conduzcan a pensar razonablemente que él sea el padre”.
También, se establecerá que el juez pueda determinar el resarcimiento de los daños que puedan ocurrir del posible ejercicio abusivo de la facultad de impugnación.
“El núcleo familiar no solo es el hijo biológico y la madre, sino que hay un tercero que se obligó de buena fe y al que también le retiran la paternidad, solo por ver un ejemplo”, dijo la diputada Suecy Callejas. Una vez ingrese dicha correspondencia y los diputados tengan el expediente en estudio, pedirán opinión de la Procuraduría General de la República (PGR).