El TSE dejó claro, en un comunicado de prensa, que las actividades en las redes sociales son “ejercicios concretos de los derechos fundamentales de libertad de expresión y libertad de información” pero advirtió que el Código Electoral pone “una legítima restricción al ejercicio de la libertad de expresión e información” y a la propaganda electoral.
Este lunes, anunció medidas para evitar y contrarrestar la campaña adelantada: monitoreo permanente a los medios de comunicación, cuentas de redes sociales, plataformas digitales, espacios de divulgación; apertura de un canal de recepción de denuncias de campaña anticipada; coordinación con los medios de comunicación; y la firma de un pacto ético con los partidos políticos.
El compromiso de monitorear a los medios..., cuentas de redes sociales, plataformas... para identificar (propaganda anticipada) e iniciar los procesos sancionatorios”.
Tribunal Supremo Electoral
Advertencia y monitoreo a redes y personas.
El TSE señaló que las actividades en Facebook, Twitter, Instagram y TikTok, así como de blogs, plataformas, sitios webs, en la internet, son ejercicios de la libertad de expresión; pero matizó que el Código Electoral regula una “legítima restricción” a la libertad de expresión según el artículo 81 de la Constitución.Así, explicó que la propaganda política es distinta a la propaganda electoral, ya que la primera pretende dar a conocer la ideología, la visión de país o la posición política sobre distintos temas; pero la propaganda electoral pretende “incidir” en el apoyo electoral de los ciudadanos a personas o partidos en una elección, o en que sus adversarios pierdan simpatías.
La institución electoral aseguró que está consciente de “la incidencia” alcanzada por las redes sociales en los procesos electorales.
En su recordatorio sobre las fechas permitidas para la propaganda electoral, el TSE incluye no solo a medios de comunicación, partidos políticos, sino a “representantes de redes sociales” y “personas naturales en general”.
Las herramientas están para hacer ese monitoreo, bajar los anuncios que violan la ley, saber quién los ha publicado y sancionar a la persona que lo hizo, el punto es que exista la voluntad”.
Eduardo Escobar
Director de Acción Ciudadana
Así mismo, en el monitoreo, el TSE también incluye a las “cuentas de redes sociales, plataformas digitales y demás espacios de divulgación”, además de medios de comunicación y advierte que iniciará los procesos sancionatorios correspondientes.
El periodo de propaganda más cercano es el presidencial, que inicia el 3 de octubre de 2023 y finaliza el 31 de enero de 2024, pese a que la elección en el exterior inicia el 6 de enero de 2024 con votación electrónica remota.
Fechas de campaña
Presidencial
Del 3 de octubre 2023 al 31 de enero 2024. La elección presidencial electrónica inicia el 6 de enero; presencial será el 4 de febrero 2024.
Legislativa
Del 3 de diciembre 2023 al 31 de diciembre 2023. La elección legislativa electrónica inicia el 6 de enero; presencial será el 4 de febrero 2024.
Municipal
Para la elección municipal, del 5 de febrero al 28 de febrero de 2024. La elección municipal será el 3 de marzo de 2024.