El Tribunal Supremo Electoral (TSE) autorizó 200 nuevos libros para actividades de proselitismo al partido en organización Fuerza Solidaria. Al movimiento aún le hacen falta 14,000 firmas para cumplir con las exigidas por la ley para constituirse como partido y competir en las elecciones de 2024. La autorización se da después de una prórroga para completar las firmas.

Los nuevos libros fueron autorizados por el Tribunal para que Fuerza Solidaria recolecte las firmas restantes con el objetivo de que el movimiento complete 50,000 firmas necesarias para inscribirse como partido político y que pueda proponer candidatos para los comicios de 2024.

La autorización de los libros se da casi un mes después de que el ente electoral diera una prórroga de 30 días para que el movimiento obtenga las firmas que le hacían falta.

De acuerdo a la Dirección del Registro Electoral, Fuerza Solidaria entregó 485 libros, de los que se procesaron 48,500 registros, 822 registros no fueron procesados y 885 fueron rechazados. Había 5,011 registros en consulta y aproximadamente 5,946 no fueron aceptados.

El informe señala que Fuerza Solidaria presentó firmas sin respaldantes que tuvieran Documentos Únicos de Identidad (duis). Al final, 35,836 firmas sí fueron aceptadas, es decir, le faltan al menos 14,164 firmas por recolectar.

Requisitos para ampliación de plazo.

De acuerdo al artículo 11 de la Ley de Partidos Políticos, el Tribunal puede ampliar el plazo de recolección de firmas de oficio o por petición del movimiento.

Para ampliar el período a petición del partido en organización es indispensable que falten menos del 10 %, equivalente a 5,000 firmas. A Fuerza Solidaria le faltan 14,164, según detalla la resolución, con fecha 15 de diciembre de 2022.

Los magistrados sustentan la ampliación de oficio basados en que “procede esa ampliación cuando cumplidos los requisitos de las firmas y huellas se constate que faltaren”. Además, citan el el artículo 154 del derogado Código Electoral de 1992, que establecía: “El Tribunal podrá ampliarlo hasta por 30 días, de oficio cuando cumplidos los requisitos de las firmas, al examinarse, estas queden reducidas a una cantidad menos que las requeridas”.