El presidente de la República, Nayib Bukele, junto al presidente de la Asamblea Legislativa. Fotografía: archivo.


La Sala de lo Constitucional admitió el estudio de una controversia entre la Asamblea Legislativa y la Presidencia de la República sobre la supuesta inconstitucionalidad de un millonario préstamo reorientado a las alcaldías.

Se trata del decreto legislativo 800 aprobado el 24 de diciembre de 2020, un préstamo de $50 millones del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) “Financiamiento parcial de medidas económicas compensatorias implementadas por la emergencia del covid19 en la República de El Salvador”, suscrito el 23 de julio de 2020.

Un día antes de Navidad, la Asamblea lo reorientó a “proyectos de desarrollo municipal”.

La Sala le da 10 días a la Presidencia y a la Asamblea Legislativa para presentar sus argumentos. Este jueves, con 49 votos, la Asamblea Legislativa autorizó a su junta directiva dar la respuesta a la Sala de lo Constitucional.

 

¿Cuáles son los argumentos del Presidente para reclamar la inconstitucionalidad y que serán evaluados por la Sala de lo Constitucional?

  1. Violación al principio de equilibrio presupuestario (artículo 226 de la Constitución): la Asamblea invade la atribución del Ejecutivo de dirigir las finanzas públicas porque no consultó al Ministerio de Hacienda. También indica que viola los artículos 86, 142, 148 y 168 ordinal 15 de la Constitución. La Sala admitió estudiar si estas transgresiones se cometen.

  2. Violación al principio de deliberación parlamentaria (artículo 135 inciso 1º de la Constitución), porque se modificó la agenda de la sesión plenaria y se aprobó con dispensa de trámite, sin que ningún diputado se pronunciara ni interviniera para expresar sus ideas u opiniones.

  3. Vicios de forma (artículos 131 inciso cuarto y 148 inciso segundo), ya que de los 62 votos, 21 fueron diputados suplentes, sin una justificación para el llamado de los suplentes o de la imposibilidad de asistencia de los diputados propietarios. Argumenta que sin el voto de los suplentes el decreto 800 no hubiese alcanzado la mayoría para ser aprobado.

  4. La Asamblea no reconsideró las razones de inconstitucionalidad del presidente, violando los artículos 137 inciso segundo y 138 de la Constitución.

  5. Vicios de forma por la participación de 17 diputados suplentes para superar el veto, votos fundamentales para la aprobación definitiva del decreto, transgrediendo los artículos 131 numeral 4, 137 inciso segundo y 148 inciso segundo.


 

La Asamblea reorientó el préstamo a proyectos municipales.

Este crédito fue parte de los $2,000 millones autorizados por el decreto 608 aprobado el 26 de marzo de 2020 para combatir la pandemia de covid19 en El Salvador.