La reformada Ley cuenta ahora con 158 artículos, entre los que incluye, en el 67, el seguro médico hospitalario, contra accidentes y de vida que había sido solicitado insistentemente por atletas de alta competencia. En este sentido, para el diputado de Arena, Josué Godoy, “la aprobación de la ley marca un antes y después en el deporte salvadoreño. Uno de los beneficios fundamentales es el seguro médico para atletas, se garantiza el acceso a la salud”.
Otro vacío corregido es sobre el registro y funciones de las federaciones. En primer lugar, el artículo 50 manda que “las federaciones y asociaciones deportivas deberán reportar mensualmente a la Unidad Financiera Institucional del INDES, los ingresos que generen con la utilización del patrimonio del INDES”, también deberá crearse “el Registro” en él se inscribirán todas las federaciones deportivas; y en tercer lugar, los directivos de federaciones no podrán optar a más de dos reelecciones en su cargo y para aspirar a un tercer periodo necesitarán el 75 % de la votación de su Asamblea.
Otra buena noticia es para los deportistas destacados que han dado prestigio al país, ya que éstos podrán ser protegidos con una pensión vitalicia, a partir de su retiro como deportistas activos, la cual deberá ser aprobada por la Asamblea Legislativa a propuesta del INDES.