El representante legal de Comtradefop, Enrique Anaya, presentó la solicitud a la Sala de lo Constitucional, ayer. / Diego García


Los ahorros para pensión de los trabajadores perderían al año entre $40 y $50 millones en rentabilidad por el aumento en la compra de Certificados de Inversión Previsional (CIP), aprobado la semana pasada en la Asamblea Legislativa, estimó ayer el Comité de Trabajadores en Defensa de los Fondos de Pensiones de El Salvador (Comtradefop).

Debido a los efectos nocivos de esta disposición, el Comité presentó ayer en la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, un acumulativo de inconstitucionalidad que busca impedir que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), obligadas por la ley, utilicen más ahorros de los trabajadores para comprar CIP.

El 18 de julio pasado, la Asamblea aprobó el Decreto Legislativo 733, que reforma la Ley del Sistema de Ahorro Previsional Previsional (SAP) para que las AFP puedan usar hasta el 50 % de los ahorros que custodian para comprar CIP A.

Antes de la reforma, las AFP podían usar hasta el 45 % de los ahorros, un techo que la Sala de lo Constitucional consideró razonable en una resolución emitida el 23 de diciembre de 2014; fallo que ayer Comtradefop pidió a dicha instancia aplicar.

Dado que las AFP utilizan los ahorros de los trabajadores para adquirir los CIP, ésta es una deuda que el Estado debe pagar a los trabajadores, incluyendo los intereses por el préstamo de ese dinero.

 

Pérdidas

El aumento de cinco puntos porcentuales en el techo de compra de los CIP A equivale a unos $500 millones extra que el Estado obtendrá para pagar las pensiones públicas. Sin embargo, los CIP pagan bajas tasas de interés, por lo que se estima que esos recursos adicionales, que podrían invertirse en títulos valores con mejores rendimientos, dejarían de percibir entre $40 y $50 millones en intereses, explicó Enrique Anaya, representante legal de Comtradefop.

“En lugar de estar ganando intereses del 7 %, pasarían a ganar tasas de interés del 2.25 %. Entonces, los trabajadores perdemos cinco puntos de diferencia, que significaría por los menos $50 millones de intereses al año”, dijo a Diario El Mundo.

Este martes, Comtradefop pidió a la Sala anular el Decreto Legislativo 733, ya que “no produce efecto jurídico constitucional y, en consecuencia, las AFP están inhibidas de superar, en concepto de inversión de CIP A, el 45 % del monto total del Fondo de Pensiones que cada una administra”, indica el escrito.

“Lo que deseamos es que este decreto no se ejecute. Es un golpe al interés de los trabajadores. Supone a ejemplos prácticos una menor pensión e implica que el Gobierno podrá tomar $500 millones más”, resaltó Anaya.

Ricardo Soriano, presidente de Comtradefop, reiteró que para resolver los problemas previsionales del Gobierno, es necesario aprobar el proyecto de reforma de la Iniciativa Ciudadana de Pensiones (ICP), y recordó que el Banco Mundial la ha considerado una propuesta “robusta”.

Los CIP A y B son instrumentos de deuda pública que se emiten cada tres meses. La venta de CIP A permite al Estado obtener recursos para pagar las pensiones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), y del Instituto Nacional de Pensiones de Empleados Públicos (INPEP). Mientras tanto, los CIP B, que no tienen límite de compra, permiten pagar los Certificados de Traspaso (CT) y los Certificados de Traspaso Complementario (CTC), que equiparan los beneficios de quienes cotizaron en el sistema público y migraron al SAP.

 

¿Qué solicitó ayer Comtradefop a la sala de lo constitucional?



Declarar incumplidas dos de sus sentencias

Además de pedir que se incorporara su escrito al expediente de la resolución de diciembre de 2014, solicitó a la Sala de lo Constitucional que tenga por incumplidas, por parte de la Asamblea Legislativa, las sentencias que dictó el 23 de diciembre de ese año, y la emitida el 15 de febrero de 2016. Estos fallos están relacionados a la tasa de interés que el Estado paga a los trabajadores por los CIP.

 

No permitir un aumento en el techo de compra de CIP

Además, en su escrito, Comtradefop pide a la Sala se declare que el Decreto Legislativo 733 no produce efecto jurídico constitucional. En consecuencia, también solicita que inhiba a las AFP de superar el límite de 45 % para la compra de CIP A. Hasta el martes pasado, la ley SAP permitía a las AFP usar hasta el 45% de los ahorros de los trabajadores para cumplir con la obligación legal de comprar CIP.

 

62%
Inversión
Hasta junio, el 62.23 % de los ahorros de los trabajadores estaba invertido en CIP A y B.

5
Puntos
ELa Asamblea avaló aumentar el techo de compra de los CIP A en cinco puntos porcentuales.