El director de Desarrollo Territorial, Urbanismo y Construcción del Ministerio de Obras Públicas, Yonny Marroquín, manifestó que el Gobierno salvadoreño ha diseñado una estrategia para desconcentrar el crecimiento en las zonas metropolitanas a nivel nacional, y de esa forma reducir la dependencia de la urbe.

“Parte de la estrategia que se quiere implementar a nivel nacional es ir desconcentrando el crecimiento que se da en la área metropolitana. La primera apuesta se va a centrar en el oriente del país”, manifestó Marroquín. De igual forma, el director explicó que cada municipio, ya sea de forma individual o en mancomunidad, tiene que elaborar el instrumento de planificación para el ordenamiento y uso del suelo, mismo que debe ser aprobado por cada ordenanza municipal.

Cuando una municipalidad no cuenta con el instrumento, la Ley de Urbanismo y Construcción define que será el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano quien asuma supletoriamente la función de otorgar permisos de construcción, urbanización y parcelación en el municipio.

Actualmente, indicó el director, hay 198 municipalidades que aún no disponen del instrumento. Una vez definido y aprobado el proyecto, el Viceministerio de Vivienda devuelve la competencia. “La clave es que los municipios asuman la competencia que está otorgada y formulen sus instrumentos”, indicó el funcionario.

La Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial se creó en 2011 y entró en vigencia hasta 2012. Establecía un plazo de cinco años para que cada municipio presentara su respectivo instrumento de planificación, es decir, en 2017. Sin embargo, el período se amplió y se definió una nueva fecha para 2021.

 

Control legal de los municipios



Constitución

Establece que cada municipio es autónomo y tiene la competencia del ordenamiento y la aprobación de planes para el uso de suelos. Define que cada Concejo Municipal podrá decretar ordenanzas y reglamentos locales.

 

Código Municipal

Establece los principios generales para la organización, funcionamiento y ejercicio de cada municipio, quienes están obligados a colaborar con otras instituciones públicas en planes de desarrollo nacional o regional.

 

Leyes

Todos los municipios deben acatar las disposiciones en la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial y la Ley de Urbanismo y Construcción, que brindan lineamientos para la planificación y gestión en el uso del suelo.

5
Años
La Ley de Ordenamiento establece que los municipios deben presentar sus instrumentos en cinco años.

198
municipios
El Viceministerio de Vivienda asume supletoriamente el uso y planificación de suelos de 98 municipio.