Las empresas que obtendrán mayor beneficio, según Coexport, serán las textiles, que llegan a tramitar más de 100 muestras mensuales. / DEM


La Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización que permite aumentar el margen en la declaración de muestras sin valor comercial a 25 operaciones mensuales.

El dictamen fue aprobado este miércoles por la noche y es parte una de las dos propuestas que presentó el Ministerio de Hacienda a inicios de diciembre pasado al pleno legislativo en el tema de facilitación del comercio.

El documento recoge recomendaciones del Organismo de Mejora Regulatoria (OMR), creado en el marco de los proyectos de Fomilenio II, y de la Comisión Intergremial para la Facilitación del Comercio (Cifacil).

El director ejecutivo del OMR, Jaime Campos, aseguró a Diario El Mundo que esta medida “viene a favorecer el clima de inversiones en el país” debido a que la reforma introduce la figura de la “declaración de mercancías acumulada”, que permitirá importar o exportar hasta 25 muestras en una sola declaración.

Como consecuencia de la reforma, “se satisface un legítimo reclamo del sector privado que, hasta antes de la reforma, estaba obligado a pagar $18 dólares por cada muestra”; además que “se disminuyen los costos de cumplimiento, que es uno de los objetivos de la política de mejora regulatoria”, añadió el funcionario.

 

Los cambios

La reforma modifica el artículo 21 de la Ley de Zonas Francas para que se pueda presentar una sola declaración de mercancías que contenga hasta 25 envíos, logrando una reducción en el costo de las inspecciones no intrusivas. Con la ley anterior, se pagaba $18 por cada muestra enviada o recibida.

La directora ejecutiva de la Corporación de Exportadores de El Salvador (Coexport), Silvia Cuéllar, manifestó que la gremial está complacida con esta reforma, debido a que “esta es una de las medidas que, como Cifacil, todas las gremiales habíamos solicitado”.

El decreto legislativo indica que si las operaciones mensuales no exceden las 25 muestras, se deberá presentar la declaración de mercancías acumuladas en los próximos cinco días hábiles del siguiente mes de su realización. Si supera las 25 muestras antes del vencimiento del mes calendario, la declaración tendrá que ser presentada cinco días hábiles después de la fecha que alcance tal cantidad.

Asimismo, el dictamen indica que el usuario que no cumpla con la presentación de la declaración en los plazos establecidos será sometido al procedimiento administrativo de la Ley Especial para Sancionar Infracciones Aduaneras. Como consecuencia, la persona o empresa no gozará de la facilidad hasta por tres meses.

Los empresarios deberán detallar en la declaración los despachos realizados, anexando documentos emitidos por los operadores de envíos de entrega rápida o courier (mensajeros) que presten sus servicios. Además, el dictamen anexó a esta categoría las muestras sin carácter comercial sujetas a obligaciones no arancelarias que cumplan con los controles y permisos.

25
Muestras
Con la reforma, se presentará una sola declaración de mercancías acumuladas que contenga hasta 25 muestras de envíos.


$18
Pagos
Actualmente, los empresarios pagan $18 por la importación o exportación de cada muestra sin valor comercial.