Al final, la Cámara Tercera de lo Penal debe resolver si el caso procede o no. / DEM


El Tribunal Tercero de Sentencia absolvió a los abogados Jorge Cóbar, María José Hernández Domínguez y al médico Álvaro Ernesto Larín Velasco, por falsedad ideológica y uso y tenencia de documentos falsos, pero un error de la Fiscalía General de la República permitió que la sentencia quedara en firme ya que se interpuso apelación un día después de vencido el plazo.

La Fiscalía señala que Cóbar y Hernández Domínguez, elaboraron una constancia médica para justificar la incomparecencia de la abogada a una diligencia relacionada a la causa familiar, por problemas de salud.

El Ministerio Público señaló en el juicio que el médico Álvaro Ernesto Larín Velasco, nunca se desplazó para examinar a la abogada, que no existió comunicación alguna entre la supuesta paciente y el médico, lo que hicieron fue acordar elaborar de la constancia el 16 de mayo de 2016, en el despacho de Cóbar.

Esa afirmación fue fundamentada por la representación fiscal al presentar una pericia en la cual se concluye que en una computadora hallada en la oficina de Cóbar estaba almacenada una constancia médica que contiene los mismos datos de la constancia que fue presentada por Hernández Domínguez y que fue firmada por el medico Larín Velasco.

Aún y con esos elementos el Tribunal Tercero de Sentencia absolvió a los imputados y notificó a las partes técnicas y materiales el pasado 25 de junio del año 2018, a partir de esa fecha corrieron los días hábiles para que la Fiscalía apelara, plazo que se venció el 9 de julio del mismo año, pero presentaron la apelación hasta el 10 de julio. El documento fue recibido y la Cámara deberá resolver.