Después de cinco años y medio, el investigador de la Policía, Andrés Sánchez Rodríguez, quien había sido condenado a 12 años de prisión por el homicidio simple de José Eduardo González Vásquez, fue puesto en libertad por orden de la Cámara Segunda de lo Penal que, luego de conocer una petición de apelación, revirtió la condena.

La defensa del policía argumentó que el ahora magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Leonardo Ramírez Murcia, cuando fungió como juez del Tribunal Quinto de Sentencia, lo condenó valorando una confesión extrajudicial inobservando la garantía de presunción de inocencia ya que valoró “prueba incriminatoria” rendida sin la presencia de un defensor.

El abogado del investigador, Miguel Flores Durel, argumentó que “la garantía de no autoincriminación prohíbe que la Policía pueda interrogar a un sospechoso sobre el hecho o sus instrumentos sin la advertencia previa de sus derechos y sin la presencia de un defensor técnico”.

El defensor sostuvo en su recurso que se utilizó la declaración inculpatoria del agente para usarla en su contra y llevarlo a juicio.

La Sala de lo Penal estableció que, en un caso como este, los agentes policiales captores ejercieron una influencia coactiva en la obtención de la confesión de Sánchez Rodríguez, dejando establecido que la confesión de un imputado solamente es válida cuando es hecha sin coacción de ninguna naturaleza.

Se detalla, en la resolución, que el juzgador que condenó al agente tuvo que haber excluído todos los elementos probatorios obtenidos de manera ilícita ya que al policía fue enjuiciado y condenado con información proporcionada sin presencia de su abogado defensor.

El hecho atribuido al policía ocurrió el 30 de septiembre del año 2011, a la 1:40 de la madrugada frente a la casa 2 y calle principal del Barrio Concepción Norte, Nejapa, en donde José Eduardo González Vásquez fue encontrado y trasladado por la Cruz Roja de Apopa al Hospital Rosales donde falleció de un disparo de arma de fuego que laceró la tráquea y el esófago.

Consta en el expediente que, tras el homicidio, los agentes policiales acordonaron la escena del hecho y, luego del señalamiento de un testigo, encontraron al investigador Sánchez Rodríguez. Lo cuestionaron sobre los hechos y le reciben el arma de fuego con la que había disparado, pero lo hicieron, supuestamente, coaccionándolo.

Al ser capturado, el investigador dijo a los agentes captores que González Vásquez era parte de un grupo de seis a ocho sujetos con quien había forcejeado y que eran reconocidos miembros de la Mara Salvatrucha que le exigían dinero, pero como él se negó, se le abalanzaron; al verse rodeado, sacó el arma de fuego que portaba efectuando un disparo para disuadirlos. Ese disparo habría impactado a González Vásquez.

El actuar de los policías constituyó agravio para el procesado ya que constituyó en una vulneración de su derecho de defensa porque se le cuestionó hasta llevarlo a inculparse sin la presencia de un abogado, no obstante al haberse convertido en una prueba ilícita por la forma en la que se obtuvo la información, el Tribunal Quinto de Sentencia le dio validez y fue la base para imponerle los 12 años de prisión.

“Cuando lo condenan el agente investigador nos buscan a nosotros para que le hagamos un recurso de apelación, hacemos el recurso de apelación y la Cámara declara nula la sentencia, pero la Fiscalía presentó casación y la Sala de lo Penal le dio la razón a la Fiscalía, después de eso se presentó el imputado y pedimos una revisión, en la revisión lo mandaron a Metapán, pero después apelé de la revisión y los nuevos magistrados ordenaron la libertad”, sostuvo Flores Durel.

 

El caso



30/09/2011

A la 1:40 de la madrugada en Nejapa fue lesionado como arma de fuego José Eduardo González Vásquez, quien murió en el hospital de un disparo que laceró la tráquea y el esófago. Fue capturado el investigador de la Policía, Andrés Sánchez Rodríguez.

 

14/02/2012

El juez del Tribunal Quinto de Sentencia, Leonardo Ramírez Murcia, realizó la vista pública contra Sánchez Rodríguez, condenándolo a 12 años de prisión por el delito de homicidio simple.

 

11/04/2012

La defensa del agente Sánchez apeló en la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador. Los magistrados Sergio Luis Rivera y Ana Victoria del Rosario Martínez, revocaron la condena y absolvieron al investigador por considerar que había prueba ilegal.

 

9/08/2012

La Fiscalía presentó casación y la Sala de lo Penal dijo que hubo violación a derechos fundamentales en el acta de privación de libertad, reenvió en caso a la Cámara Cuarta de lo Penal donde se confirmó la condena, la defensa presento casación pero se desestimó y la sentencia quedó firme.



23/08/2017

El defensor presentó apelación y los magistrados de la Cámara Segunda de lo Penal revocaron la condena y ordenaron que fuera puesto en libertad de forma inmediata del penal de Metapán, donde guardó cárcel.