El diputado Reynaldo López Cardoza (derecha) durante la audiencia preparatoria en la Cámara Segunda de lo Civil. / E. Pinto


El diputado del PCN, Reynaldo López Cardoza y su esposa Alma Yaneth Gutiérrez, enfrentan desde ayer la audiencia preparatoria por un presunto enriquecimiento ilícito que la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) les detectó y que fue notificado a la Fiscalía General de la República para que le iniciara el juicio civil.

En la Cámara Segunda de lo Civil, el fiscal Andrés Amaya, jefe de la Unidad Anticorrupción dijo que de forma preliminar llegaron a esta audiencia con incremento patrimonial de $425 mil no justificado, pero sostuvo que el monto va incrementar.

En esta diligencia se va esclarecer toda la prueba que se va a admitir para la audiencia de aportación de prueba, que se deberá realizar en un plazo máximo de seis meses, “hay prueba documental, prueba testimonial y pericial”, sostuvo Amaya.

El jefe fiscal detalló que para establecer un monto global de dinero no justificado, han solicitado a la Cámara un análisis pericial que permita, a través de ese auxilio judicial, tener la suma real del incremento patrimonial de López Cardoza y su esposa.

La representación fiscal comenzó a ser parte del proceso desde el 9 de noviembre de 2015, cuando interpuso la Demanda de Proceso Civil y Declarativo Común por Enriquecimiento Ilícito contra el legislador y su esposa.

Esta petición surgió luego que Probidad hallara el incremento patrimonial e informara a Corte Plena de esa irregularidad, luego los magistrados resolvieron que la Cámara Segunda de lo Civil diligenciara el caso.

Probidad concluyó que el diputado no pudo justificar en su declaración patrimonial un incremento de $1 millón en la misma; por otra parte, su esposa, Alma Yaneth Gutiérrez, informó que no percibía ingresos, pero al momento de analizar los informes bancarios le descubrieron depósitos a plazo fijo por un monto de $220 mil.

Pero ese monto reportado por Probidad no se refleja en la demanda civil que la Fiscalía inició y que fue reiterada ayer en el inicio de la audiencia de aportación de pruebas donde se reportó que por el momento el incremento patrimonial oscila en los $425 mil.

Andrés Amaya justificó que el bajo monto se debe a que solamente tuvieron 20 días hábiles para demandar y como representación fiscal se les hizo imposible realizar el análisis pericial y por eso han trasladado esa responsabilidad a la Cámara.

En cuanto a los bienes inmuebles, el Ministerio Público por el momento solo sabe que son 13 y que son parte de ese incremento de empresas y propiedades de los procesados, los cuales fueron inmovilizados para evitar que fueran vendidos o traspasados a otras personas.

 

Consecuencias de un juicio civil en caso de condena

La Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos vigente desde el año 1959, no castiga con cárcel a quienes sean encontrados culpables de infringir la normativa, sino que establece un régimen sancionatorio de multas y restituir al Estado lo que se ha adquirido indebidamente.

En el artículo 20 de la referida ley se señala que cuando haya sentencia condenatoria, los responsables sin causa justa serán sancionados a restituir al Estado lo que hubiesen adquirido indebidamente.

Mientras que en el artículo 21 de la misma normativa se lee que el funcionario o empleado que sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público durante diez años.

 

$1 Millón

Es el incremento patrimonial detectado por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia.

 

$425 Mil

Incremento patrimonial preliminar que ayer fue confirmado por la Unidad Anticorrupción de la FGR.