También, la Ley Especial para la Regulación y Control de las Actividades Relativas a la Pirotecnia, tipifica como una falta grave “permitir que niñas, niños y adolescentes manipulen pólvora sin la supervisión de una persona adulta”, estableciendo una sanción de $1,825 que deberá pagar el padre, madre o responsable del menor.
El procedimiento por lo anterior se pondrá de oficio o si alguien denuncia el hecho a través de la Policía Nacional Civil, la Fiscalía General de la República o municipalidad correspondiente. Además, la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (Lepina) señala que está prohibido facilitar el uso, posesión y portación de cualquier tipo de explosivos a esta población.
La Lepina sostiene que quien venda o de la pólvora a los menores, tampoco permitir que estos manipulen o fabriquen productos, esto puede ser castigado hasta con $3,650.
Leyes que sancionan
- Código Penal
Tres años de cárcel para responsables de menores.
- Ley de pirotecnia
Multa de $1,865 para quien permita manipulación de pólvora.
- Lepina
Multa de $3,650 para los padres por permitir que niños fabriquen pólvora.