La audiencia estaba programada para esta semana, pero se hará en abril. / Cortesía


En el caso conocido como “Destape a la Corrupción II” dos abogados defensores sospechan que la Fiscalía habría obtenido de forma irregular la certificación de la sentencia que contiene la confesión del expresidente Antonio Saca y se estaría frente a una prueba ilegítima que el Juzgado 7o. de Instrucción debe verificar.

Ante esa pretensión de la defensa, el juez Miguel Ángel García Argüello tomó la decisión de suspender la audiencia preliminar en contra de la ex primera dama Ana Ligia Mixco Sol de Saca y otros 14 imputados señalados por la Fiscalía de lavado de dinero.

El abogado Miguel Girón planteó al juez que la certificación es ilegítima porque el 26 de noviembre de 2018, cuando la Fiscalía presentó un escrito solicitando la certificación de la sentencia condenatoria de Saca, el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador se las negó bajo el argumento de que no estaba ejecutoriada.

Girón agregó que al ser denegada la solicitud la representación fiscal interpuso revocatoria el 28 del mismo mes y a pesar que no resolvió ese escrito, el Ministerio Público sorprendió presentando dicha certificación el 4 de enero de 2019.

El abogado mencionó que la revocatoria no se resolvió porque el expediente pasó a la Cámara Segunda de lo Penal, tras las apelaciones de la defensa con respecto a la responsabilidad civil impuesta a Saca y demás imputados.

Y aunque la cámara devolvió el expediente al Tribunal Segundo de Sentencia porque iba mal foliado, el proceso retornó al tribunal superior el 3 de enero de 2019, pero a Miguel Girón y Lisandro Quintanilla, les llama la atención que la Fiscalía presentó la certificación con fecha 4 de enero de 2019, para ese día el Tribunal Segundo de Sentencia ya no tenía el expediente y no podía extender la referida certificación.

No obstante, los fiscales explicaron que la certificación es legítima porque el Tribunal Segundo de Sentencia se las extendió, pues rectificó su error de que no se podía entregar bajo el argumento que la sentencia no había adquirido firmeza.

Uno de los fiscales mencionó que el proceso consta la resolución del tribunal al recurso de revocatoria y es un procedimiento administrativo del tribunal notificar a las partes y desconoce por qué no le informó a los defensores.

El equipo de fiscales en ningún momento se opuso a que se pida informe a la Cámara Segunda de lo Penal sobre la fecha que recibió el expediente y al Tribunal Segundo de Sentencia sobre la fecha en la que extendió la certificación. La Fiscalía dijo que es necesario que se aclare porque esa certificación es importante como elemento de prueba.