Los 18 señalados celebraron el fallo del juez especializado de sentencia. /WILSON URBINA


Un análisis integral sobre todas las pruebas ofrecidas en el proceso penal sobre la tregua entre pandillas, llevó al juez especializado de Sentencia “A”, Godofredo Salazar, a emitir una absolución contra los 18 acusados y concluir que lo ocurrido fue responsabilidad del expresidente de la República Mauricio Funes, el general David Munguía Payés y otros funcionarios que durante la tregua estuvieron al frente del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Para tomar esa decisión, Salazar partió de documentos del funcionamiento del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública y los analizó porque estaban condicionados a una Política de Seguridad Funcional, elaborada en el período presidencial de Mauricio Funes y que la Fiscalía la incorporó como prueba.

Esa Política de Seguridad Funcional fue parte del Plan Quinquenal de Desarrollo y contenía algunos ejes, entre ellos, el denominado “Estrategia de Intervención para alcanzar Objetivos y Metas”, así como “Política de Seguridad y Convivencia Democrática y Proyección Internacional”.

En este eje, según el juez, incluye la gobernabilidad y modernización como política, fijando como punto “el diálogo y concertación permanente”, pero no explica dónde y cómo, sostuvo el funcionario.

Ese documento, aparentemente, fue realizado con los aportes del gabinete de gobierno, directores y asesores de las dependencias del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública y dio paso para que se adoptaran medidas y fortalecer la seguridad en los centros penitenciarios y promover relaciones adecuadas entre los internos y otras medidas, sostuvo el juez.

En ese documento se habla de que la política de seguridad es una política de Estado, de ahí que al tener un plan elaborado tendrían que verse las normas de carácter constitucional que hacen responsables a los funcionarios, señaló el juez.

Citó que el artículo 171 de la Constitución de la República establece que “la responsabilidad es solidaria del presidente de la república y los ministros, de aquellos actos que autorice, de suerte entonces que en este manual (Política de Seguridad), esa introducción de las políticas de concertación, diálogo y acuerdos que pueden entrar, era una corresponsabilidad del presidente de la república y el ministro, o los que hicieron las veces de ministro de Justicia y Seguridad Pública”.

Salazar agregó que no se puede obviar que la Ley Penitenciaria establece que el responsable de la Política Penitenciaria es el ministro de Justicia y Seguridad, pues es él que determina los lineamientos y directrices en materia penitenciaria.

En su fallo, el juez sostuvo que no se le pudo probar que los 18 imputados incurrieron en los cinco delitos señalados y que la Fiscalía General de la República habría incurrido en una omisión de investigación, porque presentó como testigos a exfuncionarios penitenciarios que fueron quienes incurrieron en los delitos durante la tregua y no las personas procesadas.

El camino

3/05/2016

La Policía Nacional Civil capturó a la mayoría de imputados, a excepción de Nelson Rauda, Anilber Rodríguez, quienes semanas después se entregaron para someterse al proceso penal.

7/05/2016

El Juzgado Especializado de Instrucción “A” de San Salvador, decretó detención para 21 de los imputados, pero luego de apelaciones todos fueron puestos en libertad.

31/05/2017

El Juzgado Especializado de Instrucción “A” envió a juicio a 18 imputados y sobreseyó a tres por insuficiencia probatoria.

29/08/2017

El juez especializado de sentencia “A” absolvió a los 18 procesados por considerar que no había ninguna prueba que los incriminara en los delitos acusados.
Esa introducción de las políticas de concertación, diálogo y acuerdos que pueden entrar, era una corresponsabilidad del presidente de la república y el ministro, o los que hicieron las veces de ministro de Justicia y Seguridad Pública”
Godofredo Salazar
Juez


18
procesados
Que el juez absolvió porque la Fiscalía no pudo probarles ni en lo mínimo ninguno de los hechos.

5
delitos
Que el Ministerio Público les atribuyó pero que según el juez no se configuraron.